RODRIGO MARCELO FERREIRA PONCE/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE HUALPÉN
Rol
Fecha
9 de abril de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA, SIN COSTAS
Hechos
Visto: Que, en folio uno, se interpone recurso de protección por parte de Rodrigo Marcelo Ferreira Ponce, abogado y Juez de Policía Local de la Comuna de Hualpén, en contra de la Ilustre Municipalidad de Hualpén. El recurso es motivado por la dictación del Decreto Municipal N° 1476, de fecha 12 de diciembre de 2025, el cual autorizó la retención de hasta un 50% de sus remuneraciones líquidas mensuales hasta completar la suma de $4.410.985. El recurrente alega que dicho acto es ilegal y arbitrario, toda vez que se fundamenta en la supuesta inasistencia derivada del rechazo de dos licencias médicas del año 2021 (N° 6434002-6 y N° 6248658-9). Sostiene que, a la fecha de dictación del decreto, ambas licencias ya habían sido autorizadas por los organismos competentes (COMPIN y SUSESO), por lo que no existía una percepción indebida de haberes que justificara el reintegro. Invoca la vulneración de su derecho de propiedad (Art. 19 N° 24) y solicita que se deje sin efecto el descuento.
Fundamentos
Considerando: I.- En cuanto a la alegación de cosa juzgada e improcedencia: Primero: Que la municipalidad recurrida y la COMPIN informaron que el actor ya había interpuesto un recurso previo (Rol N° 4640-2025) contra el Ordinario N° 617, que anunciaba estos descuentos, acción que fue rechazada por esta Corte el 12 de diciembre de 2025. Sin embargo, el presente arbitrio se dirige contra un acto administrativo terminal distinto (Decreto N° 1476), dictado con posterioridad, por lo que la alegación de cosa juzgada debe ser desestimada. II.- En cuanto al fondo de la acción deducida: Segundo: Que el acto impugnado ordena el reintegro de dineros por licencias médicas que el empleador consideraba rechazadas en virtud de lo dispuesto en el artículo 63 del D.S. N° 3 de 1984. Tercero: Que el recurrente acreditó que, tras un prolongado proceso de reclamación, la Licencia Médica N° 6248658-9 fue autorizada por la COMPIN mediante Resolución Exenta N° 84-25-045543 de 17 de octubre de 2025. Asimismo, la Licencia Médica N° 6434002-6 fue declarada justificada por la SUSESO mediante Resolución Exenta N° R-01-UNAAD-171000-2025, instruyendo su autorización definitiva. Cuarto: Que, durante la tramitación de esta causa, la Ilustre Municipalidad de Hualpén informó a esta Corte que, habiendo tomado conocimiento formal de las resoluciones de la SUSESO y COMPIN que validaron el reposo, procedió a dictar el Decreto Municipal N° 327, de fecha 5 de marzo de 2026. Quinto: Que el citado Decreto N° 327 dispone expresamente: 1) El pago al funcionario de la cantidad de $4.410.985 por concepto de devolución de lo retenido; 2) Dejar sin efecto el Decreto Alcaldicio N° 1.476 de 12 de diciembre de 2025; y 3) Regularizar los registros contables y la hoja de vida del funcionario. Sexto: Que, en base a los antecedentes aportados por la propia recurrida, se colige que actualmente no existe medida alguna que esta Corte deba adoptar para restablecer el imperio del derecho, toda vez que la pretensión del recurrente ha sido satisfecha íntegramente por la vía administrativa de forma voluntaria por la autoridad edilicia durante la tramitación de este recurso. Séptimo: Que, habiendo cesado el acto que se estimaba vulneratorio y habiéndose anulado sus efectos patrimoniales, debe concluirse que la acción de protección ha perdido oportunidad (u objeto). Al no existir un agravio actual o una amenaza pendiente sobre las garantías constitucionales del actor, se descarta la concurrencia de los presupuestos necesarios para otorgar la tutela pretendida.
Fallo
Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República; y el Acta N° 94-2015 de la Excma. Corte Suprema, se declara: I. Se rechaza la alegación de cosa juzgada. II. Se rechaza, sin costas, el recurso de protección interpuesto por Rodrigo Marcelo Ferreira Ponce en contra de la Ilustre Municipalidad de Hualpén, por haber perdido oportunidad. Regístrese y comuníquese. Redactado por el ministro Rodrigo Arnoldo Cortés Gutiérrez. No firma el ministro suplente Gonzalo Díaz González, pese a haber concurrido a la vista y al acuerdo de la causa, por haber cesado su cometido funcionario en tal calidad. Rol Corte 5472 – 2025 Protección
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C.A. de Concepción Concepción, nueve de abril de dos mil veintiséis. Visto: Que, en folio uno, se interpone recurso de protección por parte de Rodrigo Marcelo Ferreira Ponce, abogado y Juez de Policía Local de la Comuna de Hualpén, en contra de la Ilustre Municipalidad de Hualpén. El recurso es motivado por la dictación del Decreto Municipal N° 1476, de fecha 12 de diciembre de 2025, el cual auto
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