ASTETE LLANOS MARGARITA / ZÚÑIGA CARRASCO MIGUEL
Rol
Fecha
9 de abril de 2026
Materia
PRECARIO, INC. 2º ART. 2.195 C.C
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: El mérito de los antecedentes, del que se desprende que el tercer punto de prueba fijado por el tribunal a quo recae en un requisito no previsto en la ley, por lo que resulta innecesaria su recepción a prueba y, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de dos de septiembre de dos mil veinticuatro, dictada en los autos rol C-2252-2024 del Segundo Juzgado Civil de San Miguel y, en su lugar, se declara que se acoge lo solicitado por la parte demandante, solo en cuanto se elimina el punto de prueba número 3. Devuélvase vía interconexión. N° Civil-277-2025
Fallo
se declara que se acoge lo solicitado por la parte demandante, solo en cuanto se elimina el punto de prueba número 3. Devuélvase vía interconexión. N° Civil-277-2025
Texto Completo (Preview)
C.A. de San Miguel San Miguel, nueve de abril de dos mil veintiséis Vistos: El mérito de los antecedentes, del que se desprende que el tercer punto de prueba fijado por el tribunal a quo recae en un requisito no previsto en la ley, por lo que resulta innecesaria su recepción a prueba y, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca l
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