2º JUZGADO CIVIL DE SAN MIGUEL

ASTETE LLANOS MARGARITA / ZÚÑIGA CARRASCO MIGUEL

Rol

Fecha

9 de abril de 2026

Materia

PRECARIO, INC. 2º ART. 2.195 C.C

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: El mérito de los antecedentes, del que se desprende que el tercer punto de prueba fijado por el tribunal a quo recae en un requisito no previsto en la ley, por lo que resulta innecesaria su recepción a prueba y, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de dos de septiembre de dos mil veinticuatro, dictada en los autos rol C-2252-2024 del Segundo Juzgado Civil de San Miguel y, en su lugar, se declara que se acoge lo solicitado por la parte demandante, solo en cuanto se elimina el punto de prueba número 3. Devuélvase vía interconexión. N° Civil-277-2025

Fallo

se declara que se acoge lo solicitado por la parte demandante, solo en cuanto se elimina el punto de prueba número 3. Devuélvase vía interconexión. N° Civil-277-2025

Texto Completo (Preview)

C.A. de San Miguel San Miguel, nueve de abril de dos mil veintiséis Vistos: El mérito de los antecedentes, del que se desprende que el tercer punto de prueba fijado por el tribunal a quo recae en un requisito no previsto en la ley, por lo que resulta innecesaria su recepción a prueba y, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca l

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