MP C/ CESAR WILFREDO OLMOS GUERRA
Rol
Fecha
9 de abril de 2026
Materia
LESIONES GRAVES . ART. 397 Nº2.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrado, de acuerdo a sus propios
Fundamentos
fundamentos y considerando que la víctima se encuentra en una situación de gravedad, pudiendo agravarse o recalificarse el delito por el cual fue formalizado. Por otra parte, si bien es cierto que el imputado no está formalizado actualmente por algún delito en el contexto de violencia intrafamiliar, los antecedentes dan cuenta de un contexto de violencia de género, encontrándose investigando la existencia de una relación de convivencia entre la pasiva y el hechor, dado lo expresado por la propia ofendida en cuanto mantienen una relación sentimental desde hace más de un año, lo que unido a que después del delito permanecieran juntos toda la noche, hasta aproximadamente las 07:00 horas y que después de ello recién la llevó a un centro asistencial, son circunstancias que influyen para considerar que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la víctima. Las circunstancias invocadas por la defensa que no existen dependencia económica de la afectada con el imputado, así como que aquella tiene redes de apoyo no influyen en la peligrosidad que se ha constatado. Por tales consideraciones y de conformidad con lo previsto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se confirma, la resolución apelada de cuatro de abril de dos mil veintiséis, en la parte que decretó la medida cautelar de prisión preventiva del imputado César Wilfredo Olmos Guerra. Acordada con el voto en contra del abogado integrante Sr. Eduardo Morales, quien fue de la opinión de revocar la resolución en alzada, por estimar que otras medidas cautelares del artículo 155 del Código Procesal Penal resultan suficientes para asegurar los fines del procedimiento. Comuníquese y devuélvase. N° Penal-860-2026.
Texto Completo (Preview)
Sfg C.A. de Valparaíso ACTA DE AUDIENCIA En Valparaíso, a nueve de abril de dos mil veintiséis, se da inicio a esta audiencia a las 09:52 horas, ante la Tercera Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso, presidida por la ministra señora Rosa Aguirre Carvajal, e integrada por el ministro señor Vicente Hormazábal Abarzúa, y por el abogado integrante señor Eduardo Morales Espinosa, para la
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