SIN INFORMACION

JEAN/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

8 de abril de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: A folio 1, se deduce recurso de protección en favor de TECIA JEAN, haitiano, en contra Policía de Investigaciones de Chile y el Servicio Nacional de Migraciones, por privar y/o perturbar, en forma ilegal y arbitraria, los derechos del recurrente, garantizados en el artículo 19 en sus números 2 y 3 de la Constitución Política de la República, es decir, Igualdad ante la Ley y el Debido Proceso debido a la dilación excesiva en emitir la Tarjeta de Extranjero Infractor derivada de la autodenuncia realizada por el recurrente, así como el acta de notificación de inicio de procedimiento sancionatorio. Señala que ingresó a Chile en el mes de abril de 2024, por un paso no habilitado con el fin de desarrollarse personal y laboralmente. Posteriormente, el 2 de mayo de 2024 por medio de página web de Policía de Investigaciones de Chile, habilitada para los fines de autodenuncia, realizó la declaración voluntaria de ingreso clandestino, recibiendo correo electrónico de dicha entidad en la cual se señala que se ha recepcionado la autodenuncia con el número 32971641. Sin embargo, han transcurrido más de 6 meses desde el momento en que el recurrente realizó la autodenuncia por vía electrónica. Sin embargo, aún no se ha terminado con el procedimiento administrativo por parte de Policía de Investigaciones, pues hasta la fecha no se le ha otorgado Tarjeta de Extranjero Infractor ni tampoco el acta de notificación de inicio de procedimiento sancionatorio. Solicita que se ordene a las recurridas concluir el correspondiente acto administrativo otorgando el acta de notificación de inicio de procedimiento sancionatorio de expulsión, así mismo se ordene a Servicio recurrido a emitir la resolución que resuelva la situación migratoria del recurrente, ya sea decretando orden de expulsión u otro, en el caso que ya haya sido remitido el acta de notificación de inicio de procedimiento sancionatorio de expulsión. A folio 5, evacúa su informe Policía de Investigaciones de Chile, señalando q

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando este ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías taxativamente numeradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, dejando a salvo las demás acciones legales. Segundo: Que, por la vía del presente recurso de protección, se cuestiona el actuar de los recurridos, consistente en no otorgarse por Policía de Investigaciones la respectiva tarjeta de extranjero infractor y, en la falta de emisión del acta de notificación de inicio de procedimiento sancionatorio. Tercero: Que, los recurridos informan que mediante Parte Policial N° 4554 de 15 de octubre de 2025 de la Policía de Investigaciones de Chile, el extranjero recurrente fue denunciado por ingresar de forma Clandestina al territorio nacional ante el Servicio Nacional de Migraciones y, que mediante acta de notificación de 14 de octubre de 2025 el recurrente fue notificado personalmente del inicio del proceso sancionatorio de expulsión. Cuarto: Que, como se puede apreciar, el presente arbitrio ha perdido oportunidad, toda vez que los recurridos ha dado cuenta del pronunciamiento acerca de lo solicitado por el actor, de manera que el acto ilegal y arbitrario reclamado por el recurrente ha desaparecido, no existiendo medida alguna que adoptar al respecto.

Fallo

Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de TECIA JEAN, contra Policía de Investigación de Chile y el Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-175-2026. En Valparaíso, ocho de abril de dos mil veintiséis, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, ocho de abril de dos mil veintiséis. Vistos: A folio 1, se deduce recurso de protección en favor de TECIA JEAN, haitiano, en contra Policía de Investigaciones de Chile y el Servicio Nacional de Migraciones, por privar y/o perturbar, en forma ilegal y arbitraria, los derechos del recurrente, garantizados en el artículo 19 en sus números 2 y 3 de la Constitución Políti

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