SIN INFORMACION

FRANCIS CORTEZA SOLANO LÓPEZ CON SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES DE CHILE

Rol

Fecha

8 de abril de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA/COMUNICAR.

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Hechos

Visto y

Fundamentos

considerando: Primero: Al folio N°1, se presenta Juan José Navarro Salomón, abogado, en favor de doña Francis Corteza Solano López trabajadora de nacionalidad venezolana pasaporte N° VE067275490, domiciliada en 14½ Sur Oriente # 2951, Talca, quien deduce recurso de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones y Seguridad Pública, por haber emitido la Resolución Exenta N°2500100238249 de 7 de noviembre de 2025 que ordena la expulsión de su representada. Explica que amparada es de nacionalidad venezolana, quien se vio forzada a abandonar su país de origen junto a su núcleo familiar, compuesto por su cónyuge y sus hijos menores de edad, el día 3 de julio de 2018, debido a la grave crisis económica, social y humanitaria que afecta a Venezuela. Que, una vez en Chile en el año 2021, la amparada se estableció inicialmente en la ciudad de Santiago, para posteriormente radicarse en la ciudad de Talca, lugar donde ha mantenido residencia continua por aproximadamente cuatro años, desarrollando un proceso efectivo de arraigo social, familiar y laboral. Que, durante su permanencia en el país, la amparada ha demostrado una conducta intachable, insertándose laboralmente de manera formal, desempeñándose actualmente como cajera, mientras que el padre de sus hijos trabaja en una estación de servicio, contribuyendo ambos de manera activa al sustento de su grupo familiar, evidenciando así un claro arraigo laboral. Que, en cuanto a su núcleo familiar, la amparada es madre de los menores Johanna Antonella Olarte Solano, de nacionalidad venezolana, RUN N° 100.536.914-9, de 14 años, quien actualmente se encuentra en trámite de residencia temporal bajo ID N° 75056455, y que se encuentra plenamente inserta en el sistema educacional chileno, cursando segundo año medio en el establecimiento educacional Liceo Abate Molina; y del menor Anthony Abraham Olarte Solano, de nacionalidad venezolana, RUN N°100.536.919-k, de 10 años de edad, quien igualmente se encuentra en trámite de residencia temporal bajo ID N° 75049584, cursando sexto año básico en la Escuela Cooperativa Lircay de Talca. Que, ambos niños se encuentran plenamente integrados a la sociedad chilena, manteniendo continuidad en su proceso educativo, redes sociales y entorno comunitario, dependiendo emocional, económica y afectivamente de su madre, configurándose un arraigo familiar profundo en el país. Que, en consecuencia, cualquier medida de expulsión respecto de la amparada implicaría una afectación directa, grave y desproporcionada al desarrollo integral de los menores, vulnerando el principio del interés superior del niño, consagrado tanto en la legislación nacional como en tratados internacionales ratificados por Chile, los cuales obligan a que toda decisión administrativa o judicial priorice su bienestar, estabilidad y derecho a vivir en familia. Alude a las recomendaciones de organismos internacionales como la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (C

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en Auto Acordado de la Excma. Suprema sobre tramitación y fallo del recurso de amparo, SE RECHAZA sin costas, el recurso de amparo interpuesto por Juan José Navarro Salomón, abogado, en favor de doña Francis Corteza Solano López, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, en consecuencia. Regístrese, comuníquese por la vía más expedita y archívese, en su oportunidad. N° Amparo-288-2026.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Talca Talca, ocho de abril de dos mil veintiséis. Visto y considerando: Primero: Al folio N°1, se presenta Juan José Navarro Salomón, abogado, en favor de doña Francis Corteza Solano López trabajadora de nacionalidad venezolana pasaporte N° VE067275490, domiciliada en 14½ Sur Oriente # 2951, Talca, quien deduce recurso de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones y Seguridad Pú

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