1º JUZGADO CIVIL DE CONCEPCION

TATIANA ALEJANDRA VARELA SEGUEL Y OTRO CON SERVICIO DE SALUD CONCEPCION

Rol

Fecha

7 de abril de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

CONFIRMADA, SIN COSTAS

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y teniendo, además, presente: Que el documento acompañado en esta instancia (folio 147), no altera lo concluido por el a quo, pues la epicrisis que allí se contiene, también fue acompañada (folio 51) y analizada en primera instancia por el sentenciador y en cuanto a la evolución clínica, también contenida en aquel (folio 147) no permite tener por acreditado algún hecho que haga variar sustancialmente los

Fundamentos

fundamentos de la sentencia en revisión como se desprende de su sola lectura, en tanto, no comprueba, además, el daño cuya indemnización se pretende, elemento esencial de todo régimen de responsabilidad civil.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad además a lo dispuesto en los artículos 160 y 348 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA, sin costas del recurso, la sentencia definitiva de treinta de agosto de dos mil veintitrés, contenida en el folio 59, dictada por el Primer Juzgado de Letras en lo Civil de Concepción, en sus autos rol C-4.283-2021. Regístrese y devuélvase. Redacción de la ministra Viviana Iza Miranda. N° Civil-3189-2023.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción PZC/cms Concepción, siete de abril de dos mil veintiséis. Visto y teniendo, además, presente: Que el documento acompañado en esta instancia (folio 147), no altera lo concluido por el a quo, pues la epicrisis que allí se contiene, también fue acompañada (folio 51) y analizada en primera instancia por el sentenciador y en cuanto a la evolución clínica, también contenida en aquel

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