SIN INFORMACION

RAMON ALEJANDRO MELLA CARRASCO C/ GENDARMERIA DE CHILE

Rol

Fecha

7 de abril de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: 1º) Constanza Barrueto Bravo, abogada, por el condenado Ramón Mella Carrasco, actualmente privado de libertad en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Valdivia, deduce acción constitucional de amparo en contra de la Gendarmería de Chile, por el cómputo del tiempo mínimo de cumplimiento de su condena para postular a beneficios penitenciarios, señalando que no son aplicables a su representado los requisitos impuestos por la Ley Nº21.124, publicada el 18 de enero de 2019, que modifica el tiempo necesario para postular al beneficio de la libertad condicional, sosteniendo que aquello vulnera el principio de reserva legal e irretroactividad de la ley penal desfavorable al reo, lesionando su derecho a la libertad personal garantizado en el numeral séptimo del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Informando, Gendarmería de Chile señaló que se ha calculado el tiempo mínimo para postular de conformidad a la legislación vigente y no existe una acción u omisión ilegal de su parte que deba corregirse por esta vía. 2º) El recurso de amparo, previsto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, es una acción constitucional cuyo propósito consiste en obtener de los Tribunales Superiores de Justicia, una tutela eficaz y eficiente para salvaguardar la integridad del derecho que la doctrina ha denominado libertad individual, para evitar una afectación antijurídica del derecho a la libertad personal y a la seguridad individual de cualquier persona, siendo precisamente la antijuridicidad de la conducta el comportamiento que la acción constitucional referida intenta solucionar o revertir. 3º) Para una adecuada resolución de este asunto es necesario tener en cuenta el artículo 3º del Decreto Ley N°321 del Ministerio de Justicia, modificado por la Ley N°21.124, de 18 de enero de 2019, dispone que las personas condenadas por una serie de delitos, que en dicho artículo se enumeran, solo podrán postular al beneficio de la libertad condicio

Fundamentos

motivos anteriores. 6º) En virtud de lo expuesto, no cabe sino concluir que la recurrida Gendarmería de Chile ha actuado enmarcada en la esfera de sus atribuciones, exigiendo al amparado el cumplimiento de requisitos contemplados en el contexto regulador respectivo para acceder a beneficios en el cumplimiento de su pena, por lo que la acción constitucional será rechazada.

Fallo

Por lo expuesto, normas citadas, y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto a favor de Ramón Mella Carrasco. Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. N°Amparo-111-2026. En Valdivia, siete de abril de dos mil veintiséis, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valdivia Valdivia, siete de abril de dos mil veintiséis. Vistos: 1º) Constanza Barrueto Bravo, abogada, por el condenado Ramón Mella Carrasco, actualmente privado de libertad en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Valdivia, deduce acción constitucional de amparo en contra de la Gendarmería de Chile, por el cómputo del tiempo mínimo de cumplimiento de su condena para postular a bene

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