MIN PUBLICO CONCEPCION CONCEPCION C/ MAURICIO DE LA CRUZ VENEGAS
Rol
Fecha
7 de abril de 2026
Materia
COHECHO.ART.248, 248 BIS (LEY 19.645) Y 249.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes y teniendo únicamente presente el tiempo transcurrido desde que se decretó la prisión preventiva y los nuevos antecedentes allegados al procedimiento los que hacen variar las circunstancias que se tuvieron en vista para decretar la prisión preventiva y conforme lo dispuesto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de seis de abril de dos mil veintiséis, dictada por el Juzgado de Garantía de Quillota, en cuanto dejó sin efecto la medida cautelar de prisión preventiva decretada en contra de los imputados David Isaac Tapia Basáez y Roberto Patricio Olivares Andrade, sustituyéndola por las medidas cautelares del artículo 155 letra a) arresto domiciliario total y letra d) prohibición de salir del país. Se da orden de libertad inmediata para David Isaac Tapia Basáez y Roberto Patricio Olivares Andrade si no estuvieren privados de ella por otra causa. Comuníquese la libertad inmediatamente por correo electrónico y por vía telefónica. Devuélvase y comuníquese por la vía más expedita. NºPenal-850-2026.
Texto Completo (Preview)
Jbl C.A. de Valparaíso ACTA DE AUDIENCIA Audiencia realizada en Valparaíso, a siete de abril de dos mil veintiséis, a las 09:54 horas, ante la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones de Valparaíso, integrada por el Ministro señor Rafael Corvalán Pazols, quien presidió, el Ministro señor Pedro García Muñoz y el Abogado Integrante señor Felipe Caballero Brun, para la vista del recurso de apelación
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