ANONIMIZADO
Rol
Fecha
6 de abril de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTO: Comparece doña María Dubó Cortés, abogada en representación de la Fundación Educacional Nebraska, sostenedora del establecimiento educacional Colegio Humberstone por quien deduce reclamo de ilegalidad en virtud de lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°20.529, en contra de la Resolución Exenta PA N°269, de fecha 04 de febrero de 2026, mediante la cual el Superintendente de Educación rechazó el recurso de reclamación interpuesto por su parte y aplicó la sanción de privación temporal y parcial de un 5% de subvención general por un mes equivalente a $10.000.000 (diez millones de pesos), aproximadamente. Explica que la resolución reclamada se...
Texto Completo (Preview)
Iquique, seis de abril de dos mil veintiséis. VISTO: Comparece doña María Dubó Cortés, abogada en representación de la Fundación Educacional Nebraska, sostenedora del establecimiento educacional Colegio Humberstone por quien deduce reclamo de ilegalidad en virtud de lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°20.529, en contra de la Resolución Exenta PA N°269, de fecha 04 de febrero de 2026, median
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