2º JUZGADO DE LETRAS DE ARICA

ORDÓÑEZ/ORDÓÑEZ

Rol

Fecha

6 de abril de 2026

Materia

TESTAMENTO, REFORMA DE

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, lo dispuesto en el artículo 139 del Código de Procedimiento Civil en cuanto a las costas personales, teniendo presente que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 130 numeral 3° del Código Orgánico de Tribunales se trata de un asunto de mayor cuantía, y

Fundamentos

considerando además la complejidad del asunto, la multiplicidad de acciones, la extensión del juicio, la cantidad de prueba rendida y la tramitación en segunda instancia, que significó acoger la pretensión en el juicio de la incidentista, SE REVOCA la resolución apelada de catorce de enero de dos mil veintiséis, dictada en Rol N° C-809-2024 del Segundo Juzgado de Letras de esta ciudad; y, en su lugar, regulan prudencialmente las costas personales de la parte demandada principal y demandante reconvencional en la suma de $2.500.000.- (dos millones quinientos mil pesos). Regístrese, notifíquese y devuélvase. N° Civil-49-2026.

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Arica, seis de abril de dos mil veintiséis. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, lo dispuesto en el artículo 139 del Código de Procedimiento Civil en cuanto a las costas personales, teniendo presente que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 130 numeral 3° del Código Orgánico de Tribunales se trata de un asunto de mayor cuantía, y considerando además la complejidad del asunto, l

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