SIN INFORMACION

ROSA JEREZ ROMERO/HECTOR ALVIAL NEIRA

Rol

Fecha

6 de abril de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO: Doña Rosa Jerez Romero, plantea acción de protección en contra de Héctor Alvial Neira a fin de que se revise el problema que le afecta, debido a la construcción de una iglesia en que haya Esmeralda 1380 colindante con su domicilio ubicado en calle Esmeralda 1374 en la ciudad de Coronel en la región del Bio - Bío indica. Recabados los antecedentes de rigor, se ordenó traer los autos en relación. Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, la recurrente refiere que a raíz de la construcción de la iglesia, se ha producido un severo daño estructural por la humedad provocada a su vivienda, sabiendo la recurrida lo perjudicial que para la salud de las personas es aquello. Expone que el daño que se le está causando, es sin pensar en el sacrificio que realizaron sus padres para construir su vivienda y que producirá que termine toda agrietada, llena de hongos. Refiere que habló con la recurrente, a quien le dijo que era el primer invierno y que la humedad le estaba afectando la casa y su respuesta fue que él era constructor y como constructor antes de construir realizó un estudio del terreno. Le añadió que solicitó un certificado previamente y que le está permitido hacer en el terreno lo que quiera, refiriéndole que a ella le gustan los problemas. Añade que cuando comenzó la construcción de la iglesia, conversó con Noelia Almendra Jerez, esposa del recurrido, a quien le dijo que la construcción de la iglesia les iba a afectar, contestándole que iba a hacer las consultas y le respondió que tenían los permisos, por lo que comenzó a reclamar al departamento de obras, al alcalde etcétera, pero la construcción de la Iglesia continua e inició su funcionamiento. Alude a que el Departamento de Obras le otorgó un nuevo plazo y así comenzará a transcurrir el tiempo, afectando la salud de las personas que asisten a la iglesia. Reitera que la humedad afectará la estructura de la iglesia que es de zinc y su salud. Insiste que la humedad afectará la estructura de su casa, que es de h

Fallo

fallo del recurso de protección de garantías constitucionales. En efecto, como primera consideración, es preciso indicar que la recurrente no indica el día en que supuestamente habría comenzado a ejecutarse la obra, lo cierto es que no entrega mayores detalles al respecto más que un mero relato. En definitiva, no es clara la fecha en que la recurrente tomó conocimiento cierto de los actos u omisiones que acusa como arbitrarios, y que amenazarían o perturbarían los derechos constitucionales que invoca. Al respecto, cabe destacar que resulta indiscutido para nuestros Tribunales de Justicia que el plazo de 30 días corridos para interponer un recurso de protección es de carácter objetivo, que no puede quedar al arbitrio o determinación del interés subjetivo de las partes. Así lo ha señalado la jurisprudencia de nuestro Máximo Tribunal en reiterados fallos, por lo que pide, en definitiva, rechazar en todas sus partes el recurso de protección incoado en autos, con una expresa y ejemplar condena en costas- TERCERO: Que don ROBERTO JARA CANALES, abogado, en representación de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CORONEL, informa el presente recurso señalando que el problema es que en Esmeralda 1330 tenemos la Iglesia Apostólica Pentecostal, en Esmeralda 1354 el Club de Rayuela Esmeralda, en Esmeralda 1360 la Iglesia Los Siete Truenos, por ahora en receso y en Esmeralda 1380 se construyó esta nueva Iglesia. Respecto de las acciones realizadas por la DOM, cuenta que con fecha 27 de marzo del 2

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C.A. de Concepción rtp Concepción, seis de abril de dos mil veintiséis. VISTO: Doña Rosa Jerez Romero, plantea acción de protección en contra de Héctor Alvial Neira a fin de que se revise el problema que le afecta, debido a la construcción de una iglesia en que haya Esmeralda 1380 colindante con su domicilio ubicado en calle Esmeralda 1374 en la ciudad de Coronel en la región del Bio - Bío indica

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