C.A. de Santiago

CHAVEZ/DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS CONSULARES, INMIGRACIÓN Y DE CHILENOS EN EL EXTERIOR DEL MINISTERIO

Rol

60068-2022

Fecha

3 de abril de 2023

Materia

Civil

Resultado

REVOCADA SENTENCIA APELADA QUE (M)

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Hechos

Vistos: Se reproduce el fallo en alzada, con excepción de los

Fundamentos

fundamentos que razonan en el sentido de rechazar la acción constitucional los que se eliminan. Y se tiene en su lugar y, además, presente: Primero: Que, Edwin Fernando Chávez Zavala y Olga Chávez, recurren de protección contra el Ministerio de Relaciones Exteriores, denunciando como arbitraria e ilegal la negativa a prorrogar la permanencia definitiva dada la revocación tácita de ésta. Señalan que son residentes regulares de Chile, contando con permanencia definitiva. Por razones personales viajaron fuera de Chile con fecha 7 de julio de 2019, y tras el cierre de fronteras no pudieron regresar, intentando, dentro de plazo, solicitar la prórroga de la permanencia definitiva ante la representación consular de Chile en Ecuador, trámite que no pudieron concretar en tiempo y forma, por la escasa y restringida atención presencial, como consecuencia de la pandemia y la imposibilidad de acceder a la documentación que finalmente requirió la autoridad consular. Refieren que a la fecha de presentación del recurso se han visto impedidos de ingresar a Chile por las diversas reprogramaciones de sus vuelos. Solicitan que se acoja el recurso y le permitan la solicitud de prórroga por un año. Segundo: Que la sentencia recurrida, para rechazar la acción constitucional interpuesta, señala que sin perjuicio de las alegaciones efectuadas por el recurrente, respecto de las dificultades para retornar al país, lo cierto es que no existe ninguna resolución dictada por la recurrida ni por ninguna de las demás autoridades que han informado en el presente recurso, sino que en la especie solo ha ocurrido una consecuencia prevista expresamente en la Ley, pues desde la última salida de los actores había transcurrido más de “un año” (sic), lo que provocó la revocación tácita de la permanencia definitiva de ambas, de acuerdo al Decreto N° 597 del Ministerio del Interior, no advirtiéndose acto ilegal ni arbitrario imputable a la recurrida. Tercero: Que el recurrente de protección señala en su apelación que el

Fallo

fallo en alzada, con excepción de los fundamentos que razonan en el sentido de rechazar la acción constitucional los que se eliminan. Y se tiene en su lugar y, además, presente: Primero: Que, Edwin Fernando Chávez Zavala y Olga Chávez, recurren de protección contra el Ministerio de Relaciones Exteriores, denunciando como arbitraria e ilegal la negativa a prorrogar la permanencia definitiva dada la revocación tácita de ésta. Señalan que son residentes regulares de Chile, contando con permanencia definitiva. Por razones personales viajaron fuera de Chile con fecha 7 de julio de 2019, y tras el cierre de fronteras no pudieron regresar, intentando, dentro de plazo, solicitar la prórroga de la permanencia definitiva ante la representación consular de Chile en Ecuador, trámite que no pudieron concretar en tiempo y forma, por la escasa y restringida atención presencial, como consecuencia de la pandemia y la imposibilidad de acceder a la documentación que finalmente requirió la autoridad consular. Refieren que a la fecha de presentación del recurso se han visto impedidos de ingresar a Chile por las diversas reprogramaciones de sus vuelos. Solicitan que se acoja el recurso y le permitan la solicitud de prórroga por un año. Segundo: Que la sentencia recurrida, para rechazar la acción constitucional interpuesta, señala que sin perjuicio de las alegaciones efectuadas por el recurrente, respecto de las dificultades para retornar al país, lo cierto es que no existe ninguna resolución

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Santiago, tres de abril de dos mil veintitrés. Vistos: Se reproduce el fallo en alzada, con excepción de los fundamentos que razonan en el sentido de rechazar la acción constitucional los que se eliminan. Y se tiene en su lugar y, además, presente: Primero: Que, Edwin Fernando Chávez Zavala y Olga Chávez, recurren de protección contra el Ministerio de Relaciones Exteriores, denunciando como arbi

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