3º JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE LAS CONDES

BANCO DE CHILE/PUBLIVAL VALENZUELA LIMITADA

Rol

Fecha

6 de abril de 2026

Materia

APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de los

Fundamentos

considerandos octavo a décimo y décimo tercero a décimo sexto, que se eliminan. Y, se tiene en su lugar y, además presente: Primero: Que el querellado y demandado Banco de Chile formula recurso de apelación en contra de la sentencia de primer grado dictada en un procedimiento sobre infracción a la Ley N°19.496, que acogió parcialmente la querella, en aquella parte que estima infringido el artículo 3° letra e) de la mencionada ley y condena al banco a pagar una multa de 50 U.T.M. Por la misma sentencia se acogió la acción civil de indemnización de perjuicios y condenó al Banco de Chile a pagar al actor Sociedad Publival Valenzuela Limitada la suma de $ 3.246.910 e intereses. Segundo: Que son hechos de la causa, ya sea por no haberse controvertido y/o emanar de la prueba rendida en autos, los que siguen: 1.- La querellante Publival mantenía con el Banco de Chile, dos deudas derivadas de operaciones de crédito de dinero, Crédito Fogape N°211 y Crédito Renegociado N°86593. 2.- Para obtener el crédito Fogape N°211 la querellante suscribió, el 22 de diciembre de 2015, un pagaré por un capital original de $59.807.016 y una tasa de interés mensual de 1,06%. Se estipuló que el capital e intereses serían pagados en 36 cuotas iguales, mensuales y sucesivas de $ 1.967.702 venciendo la primera de ellas, el 21 de enero de 2016 y una cuota final de $1.967.719, que se pagaría el 21 de enero de 2019. El 9 de noviembre de 2017 suscribió un pagaré, para el Crédito Renegociado N°86593, por un capital original de $10.723.570 y una tasa de interés mensual de 1,35%. Se estipuló que el capital e intereses serían pagados en 59 cuotas iguales, mensuales y sucesivas de $ 263.584 venciendo la primera de ellas, el 12 de diciembre de 2017 y una cuota final de $263.602, que se pagaría el 14 de noviembre de 2022. 3.-La querellante incurrió en mora, respecto de ambos créditos, el 12 de noviembre de 2018. En el crédito Fogape N°211, adeudaba un saldo de $ 33.053.439, mas intereses penales y comisión del 2% Fogape. En el crédito renegociado N°86593, quedó adeudando un saldo de $ 9.360.659, más intereses penales. 4.- La demandada ejerció 2 acciones civiles para el cobro compulsivo de cada uno de los créditos. En el marco de la causa Rol N°14.819-2019, seguida ante el 5° Juzgado Civil de Santiago, que incide en el cobro del crédito Fogape N°211, se embargó un inmueble de la ejecutada, compareció Publival dando cuenta del pago de la deuda, por cuanto el avalista Julio Valenzuela Farías, vendió a un tercero un inmueble y otorgó un mandato al Banco de Crédito e Inversiones, para que en su nombre y representación pagara al Banco de Chile el equivalente a 4.837 UF, para cubrir las obligaciones que Valenzuela y Publivial mantenían con el banco. El pago fue recibido por el banco acreedor el 23 de abril de 2020. Tercero: Que en la especie, la querellante denuncia dos hechos, uno de ellos, la infracción al artículo 37 de la Ley N°19.496, esto es, cobrar montos por sobre lo estableci

Fallo

Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley N°18.287 y 186 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la sentencia apelada de veintiocho de noviembre de dos mil veintidós, escrita a fojas 349 y siguientes, dictada por Tercer el Juzgado de Policía Local de Las Condes, en cuanto por ella acogió la querella infraccional y demanda civil deducida en contra del Banco de Chile, y se declara que se le absuelve del denuncio efectuado, y que se rechaza la demanda en todas sus partes, sin costas. Regístrese y devuélvase. Redactó la ministra Claudia Lazen M. N°1898-2023 Policía local. Pronunciada por la Décima Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago integrada con los ministros Carolina Vásquez Acevedo, Claudia Lazen Manzur y Andrea Soler Merino. No firma la ministra Carolina Vásquez Acevedo por encontrarse ausente.

Texto Completo (Preview)

Santiago, seis de abril de dos mil veintiséis. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de los considerandos octavo a décimo y décimo tercero a décimo sexto, que se eliminan. Y, se tiene en su lugar y, además presente: Primero: Que el querellado y demandado Banco de Chile formula recurso de apelación en contra de la sentencia de primer grado dictada en un procedimiento sobre in

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