JUZGADO DE GARANTIA DE QUILPUE

MINISTERIO PUBLICO C/ NICOLAS JOSUE CACERES CERPA

Rol

Fecha

7 de abril de 2026

Materia

ROBO POR SORPRESA. ART. 436 INC. 2°

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrados, en virtud de sus propios

Fundamentos

fundamentos y lo previsto en el artículo 158 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de veintinueve de marzo de dos mil veintiséis, dictada por el Juzgado de Garantía de Quilpué, que no dio lugar a decretar las medidas cautelares del artículo 155 del Código Procesal Penal, en contra del imputado Nicolás Josué Cáceres Cerpa. Notifíquese, devuélvase y comuníquese por la vía más expedita. N°Penal-811-2026. En Valparaíso, siete de abril de dos mil veintiséis, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

Jepv. C.A. de Valparaíso. bl -20205-Karmas sujetas a control.donado Calder por el jf ado en derecho corressACTA DE AUDIENCIA Audiencia realizada en Valparaíso, a siete de abril de dos mil veintiséis, siendo las 09:56 horas, ante la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones, presidida por el Ministro Titular señor Pablo Droppelmann Cuneo e integrada por y la Ministra Interina señora Ingrid Alvial F

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