MINISTERIO PUBLICO C/ NICOLAS JOSUE CACERES CERPA
Rol
Fecha
7 de abril de 2026
Materia
ROBO POR SORPRESA. ART. 436 INC. 2°
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrados, en virtud de sus propios
Fundamentos
fundamentos y lo previsto en el artículo 158 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de veintinueve de marzo de dos mil veintiséis, dictada por el Juzgado de Garantía de Quilpué, que no dio lugar a decretar las medidas cautelares del artículo 155 del Código Procesal Penal, en contra del imputado Nicolás Josué Cáceres Cerpa. Notifíquese, devuélvase y comuníquese por la vía más expedita. N°Penal-811-2026. En Valparaíso, siete de abril de dos mil veintiséis, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
Jepv. C.A. de Valparaíso. bl -20205-Karmas sujetas a control.donado Calder por el jf ado en derecho corressACTA DE AUDIENCIA Audiencia realizada en Valparaíso, a siete de abril de dos mil veintiséis, siendo las 09:56 horas, ante la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones, presidida por el Ministro Titular señor Pablo Droppelmann Cuneo e integrada por y la Ministra Interina señora Ingrid Alvial F
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