JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE HUALAIHUE

M P C/ ANTONIO DAVID RUIZ URIBE

Rol

Fecha

2 de abril de 2026

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

REVOCADA-CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos 1°) Que, se elevan estos autos para conocer de los recursos de apelaciones deducidos por la defensa de los imputados de esta causa en contra de las resoluciones dictadas por el Juzgado de Competencia Común de Hualaihué que impuso la medida cautelar de prisión preventiva solicitada por el ente persecutor en estos autos.  2°) Que, del mérito de los antecedentes y de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, se desprende que, en este estadio procesal, existen elementos de convicción suficientes para estimar concurrentes los requisitos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, la existencia material de los hechos investigados y aquellos tendientes a presumir fundadamente la participación que en ellos se le atribuye a los imputados, en concreto, tenor de los partes policiales, la detención en flagrancia y los hallazgos incautados en ambas oportunidades.  3°) A su vez, respecto de la necesidad de cautela regulada en la letra c) del mismo artículo, teniendo en consideración la naturaleza de los delitos por la cual fue formalizada la presente investigación respecto del imputado Ruiz Uribe, esto es, tráfico ilícito de estupefacientes del artículo 3 de la ley 20.000, la forma de comisión del mismo, la pena asignada al delito y su eventual forma de cumplimiento en caso de condena, agregándose a ello la existencia de una causa pretérita por delito de la misma naturaleza y con una suspensión condicional del procedimiento vigente al momento de comisión de estos hechos, se configura un peligro para la seguridad de la sociedad y de los fines del procedimiento que se resguarda sólo con la medida cautelar de prisión preventiva solicitada por el ente persecutor en su contra.  Respecto de la imputada Uribe Uribe, y sin perjuicio de los delitos por los cuales fue formalizada la investigación en su contra, esto es, tráfico ilícito de estupefacientes, tenencia ilegal de arma de fuego y de municiones, se estima que la necesidad de cautela c

Fallo

Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 36, 140, 155 y 370 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de fecha treinta de marzo de dos mil veintiséis del Juzgado de Competencia Común de Hualaihué, dictada por la Magistrada Claudia Norambuena Barrales respecto de la imputada Edita De Lourdes Uribe Uribe, decretando a su respecto un arresto domiciliario parcial nocturno entre las 22:00 y 06:00 del día siguiente y arraigo nacional; y se confirma la resolución de fecha veintinueve de marzo del año dos mil veintiséis por el Magistrado David Negrete Sepúlveda y respecto del imputado Antonio David Ruiz Uribe, manteniéndose la medida cautelar de prisión preventiva dictada en su contra.   Comuníquese de la forma más expedita. Devuélvase. Rol Penal 380-2026.

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, dos de abril de dos mil veintiséis. Vistos 1°) Que, se elevan estos autos para conocer de los recursos de apelaciones deducidos por la defensa de los imputados de esta causa en contra de las resoluciones dictadas por el Juzgado de Competencia Común de Hualaihué que impuso la medida cautelar de prisión preventiva solicitada por el ente persecutor en estos autos.  2°) Que, del mérito d

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica