JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE QUELLON

MP/BARRIA

Rol

Fecha

2 de abril de 2026

Materia

DESACATO ART. 240 CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: 1º) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por la defensa en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Quellón, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado. 2º) Que, del mérito de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, existen elementos de convicción suficientes para estimar concurrentes los requisitos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, la existencia material de los hechos investigados y aquellos tendientes a presumir fundadamente la participación que en ellos se atribuye al encartado, lo que no es discutido en el recurso deducido. 3°) Que, con respecto a la necesidad de cautela prevista en la letra c) del mismo artículo, ésta sólo se ve resguardada con la medida de prisión preventiva, teniendo en consideración el número de ilícitos por los cuales se formalizó la investigación, esto es, dos delitos de desacato, las circunstancias de su comisión dentro de un contexto de violencia intrafamiliar, la forma de cumplimiento en el evento de mediar condena, la existencia de condenas pretéritas, procesos judiciales pendientes y por mantener vigente penas sustitutivas concedidas en causas diversas, lo que permite estimar que la libertad del imputado, por medio de la aplicación de una cautelar menos gravosa, importa un peligro para la seguridad de las víctimas.  Por estos

Fundamentos

fundamentos y atendido lo dispuesto en los artículos 36, 140 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución de fecha veintiséis de marzo del año en curso pronunciada por el Juez Suplente del Juzgado de Letras y Garantía de Quellón, don Cristian Ortiz Martoq, que dispuso la medida cautelar prisión preventiva respecto del imputado Sergio Andrés Barría Almonacid. Téngase por notificados a los intervinientes en este acto. Devuélvase. Rol Penal N°378-2026.

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, dos de abril de dos mil veintiséis. Vistos: 1º) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por la defensa en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Quellón, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado. 2º) Que, del mérito de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, existen element

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica