ROJAS/ESCUELA DE LOS SERVICIOS-EJÉRCITO DE CHILE
Rol
Fecha
2 de abril de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece doña Pamela Rojas Acosta, Sargento Segundo del Ejército de Chile, por sí, quien interpone recurso de protección en contra del Ejército de Chile – Escuela de Servicios (ESCSERV), por haber dictado la Resolución Exenta ESCSERV JEST DEGEAD (R) N.º 3855/55309/2470 de 21 de agosto de 2025, que dispuso la interrupción de sus estudios en el Curso Avanzado para Suboficiales del Escalafón de Sanidad (CASS), Tramo II. Actuación que considera ilegal y arbitraria, vulnerando con ello las garantías constitucionales consagradas en los artículos 19 Nros. 1, 2, 3, 9, 24 y 26 de la Constitución Política de la República. Expone que ingresó al Ejército de Chile el 4 de enero de 2010 como aspirante a clase, desempeñándose desde el 1 de abril de ese año como enfermero militar de combate en el escalafón de sanidad, acumulando más de quince años de servicio activo hasta su ascenso al grado de Sargento Segundo el 1 de abril de 2025. En ese contexto, mediante Resolución Exenta DIVPER II/4/b/2 (R) N.º 3855/53264/9560, de 25 de junio de 2025, fue designada al CASS, curso indispensable para su progresión en la carrera militar y para acceder a la asignación de especialidad del 35%, equivalente a un incremento aproximado de $160.000 mensuales con incidencia en el cálculo de su remuneración al momento del retiro. Señala que el 18 de agosto de 2025, al presentarse a la fase presencial del curso en Santiago, cumplió íntegramente con la entrega de toda la documentación requerida, incluidos los certificados de Pruebas de Suficiencia Física (PSF) en condición de "apto", conforme a los oficios ESCSERV JEST DEGEAD ESCAL (P) N.º 1400/30 y EMGE DPE DEPTO I/1B (R) N.º 1000/36769. No obstante, aduce que el 19 de agosto de 2025 se le sometió a una nueva PSF, en contravención a la Cartilla CDIE-80001, que establece como únicos períodos de certificación los meses de octubre-noviembre y marzo-abril. En dicha evaluación fue declarada "no apta" en la prueba de
Fallo
Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se rechaza, sin costas, la acción constitucional deducida en favor de Pamela Rojas Acosta en contra del Ejército de Chile – Escuela de Servicios (ESCSERV). Regístrese y archívese. N° Protección-19456-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, dos de abril de dos mil veintiséis. A los folios 36 y 37: téngase presente. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece doña Pamela Rojas Acosta, Sargento Segundo del Ejército de Chile, por sí, quien interpone recurso de protección en contra del Ejército de Chile – Escuela de Servicios (ESCSERV), por haber dictado la Resolución Exenta ESCSERV JEST DEGEAD (R) N.º
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