ROJAS COLLA LUIS CONTRA INTENDENCIA REGIONAL DE ATACAMA
Rol
50857-2023
Fecha
31 de marzo de 2023
Materia
Criminal
Resultado
REVOCADA SENTENCIA APELADA QUE
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de sus
Fundamentos
fundamentos cuarto a noveno, que se eliminan. Y teniendo en su lugar y además presente: Primero: Que el acto expulsatorio se funda en la circunstancia de haber sido condenado el amparado, con fecha 27 de febrero de 2020, en causa RIT 2949-2017, RUC 1710023727-K, del Juzgado de Garantía de Coquimbo, a la pena de 3 años de presidio menor en su grado medio, a las accesorias de suspensión para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, por el delito de abuso sexual de menor de 14 años, en calidad de autor y en grado de desarrollo consumado, concediéndosele la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva por idéntico lapso de tiempo, la que se encuentra cumpliendo actualmente. Segundo: Que, así las cosas, esta Corte no vislumbra ilegalidad en el acto impugnado por esta vía, desde que la resolución ha sido adoptada por el órgano competente en el ejercicio de las facultades que la ley le otorga, en concreto los artículos 32 Nº 5 y 128 de Ley N° 21.325 de Migración y Extranjería. Tercero: Que, por lo razonado, no existe acción u omisión ilegal desplegada por la recurrida que amenace, perturbe o prive al amparado de su libertad personal o de su seguridad individual, máxime si la resolución impugnada se encuentra debidamente fundamentada, motivos suficientes para rechazar el presente arbitrio.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto, además, en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se revoca la sentencia apelada de veintidós de marzo de dos mil veintitrés, dictada por la Corte de Apelaciones de Copiapó, en el Ingreso Corte N° 29-2023, que acogió el recurso de amparo interpuesto en favor de Luis Jhonatan Rojas Colla, de nacionalidad peruana y en su lugar se declara que éste queda rechazado en todas sus partes. Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Dahm, quien estuvo por confirmar el fallo en alzada, teniendo especialmente presente para ello el prolongado tiempo de residencia del amparado en el país –más de veinte años-, además del arraigo familiar y laboral acreditado a su respecto. Regístrese, comuníquese y devuélvase. Rol N° 50.857-2023.
Texto Completo (Preview)
Santiago, treinta y uno de marzo de dos mil veintitrés. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de sus fundamentos cuarto a noveno, que se eliminan. Y teniendo en su lugar y además presente: Primero: Que el acto expulsatorio se funda en la circunstancia de haber sido condenado el amparado, con fecha 27 de febrero de 2020, en causa RIT 2949-2017, RUC 1710023727-K, del Juzgado de
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