JUZGADO DE GARANTIA DE ARICA

MINISTERIO PUBLICO C/ MIGUEL ANGEL TICLLA REQUEJO

Rol

Fecha

2 de abril de 2026

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: Teniendo presente los antecedentes que se han invertido en la audiencia, dejando claro que no se discutieron los supuestos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal y que la defensa sólo controvirtió la necesidad de cautela de la letra c) del mismo artículo, y compartiendo íntegramente los

Fundamentos

fundamentos esgrimidos por el juez de la instancia que se han leído expresamente por la defensa, compartiendo tales argumentos se va a CONFIRMAR la resolución apelada de veintidós de marzo en curso que decretó la prisión preventiva de Miguel Ángel Ticlla Requejo, por estimar también esta Corte que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad atendido el delito cometido, atendida la pena probable –la pena que está asignada al mismo– que es pena de crimen, atendido también de que por otra parte no solo es peligro para la seguridad de la sociedad sino también el peligro de fuga, que se manifiesta a través del hecho de no haber alegado ningún tipo de arraigo en este país y no tener un domicilio tampoco donde fijar un lugar para convocarlo a los actos del procedimiento, entonces SE CONFIRMA dicha resolución. Comuníquese vía interconexión. Rol N° 223-2026 Penal. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, en el que se resume lo acontecido y resuelto en la vista de la causa. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia.

Texto Completo (Preview)

Corte de Apelaciones de Arica. En Arica, dos de abril de dos mil veintiséis. Sala: Primera Sala Rol: 223-2026 Penal Ruc: 2600430147-0 RIT: 1914 - 2026 Tribunal: Juzgado de Garantía de Arica Integrantes: Ministra señora Juana Ríos Meza, Ministro (I) señor Héctor Gutiérrez Massardo y Abogado integrante señor Carlos Ruiz Larral. Relator (a): Patricia Díaz Donoso Digitador (a): Mariela Canc

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica