MORENO LONDOÑO MAIRA VALENTINA/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES DE CHILE
Rol
Fecha
2 de abril de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: A folio 1, se interpone recurso de amparo en favor de Maira Valentina Moreno Londoño, de nacionalidad colombiana y en contra del Servicio Nacional de Migraciones, debido a que, por Resolución Exenta N°2500100305344 de 09 de diciembre de 2025, se rechazó su solicitud de residencia temporal y se dispuso el abandono del país en un plazo de 30 días, acto que se estima arbitrario e ilegal, vulnerando con ello el artículo 19 N°7 letra A y el artículo 21 de la Constitución Política de la República, relativos al derecho a la libertad personal y seguridad individual. Señala la amparada, de nacionalidad colombiana, efectuó con fecha 23 de septiembre de 2023 una solicitud de prórroga de residencia temporal, trámite N°67651559. Posteriormente fue notificada del rechazo de su solicitud bajo el fundamento de no haber acompañado comprobante de pago de multa por días de residencia vencida. Sin embargo, la amparada sí realizó el cálculo y pago de la multa correspondiente, aunque por un artículo distinto debido al desconocimiento del funcionamiento de la plataforma electrónica por parte del tramitador que efectuó el pago. Agrega que, advertido el error administrativo procedió a subsanar la situación pagando nuevamente la multa conforme al artículo correcto, acreditando así el cumplimiento efectivo de la obligación exigida por la autoridad migratoria. Sostiene que la resolución impugnada resulta desproporcionada y carente de razonabilidad, toda vez que no se otorgó oportunidad real para subsanar la observación formulada, pese a tratarse de un defecto meramente formal y ya corregido, afectando gravemente su derecho a residir y permanecer en el país. Solicita que se acoja el recurso de amparo, se deje sin efecto la Resolución Exenta N°2500100305344 y se ordene al Servicio Nacional de Migraciones efectuar una nueva revisión de la solicitud de residencia temporal, resolviendo conforme a derecho y restableciendo el imperio del derecho con la debida protección de su libertad perso
Fundamentos
Considerando: Primero: Que el recurso de amparo es un proceso de tutela urgente del derecho fundamental a la libertad personal y seguridad individual, establecido en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República, que es procedente en aquellos casos en que una persona fuere arrestada, detenida o presa con infracción a la Constitución o a las leyes o sufra cualquier otra privación, perturbación o amenaza al derecho fundamental antes aludido, fuera de los casos en que el ordenamiento jurídico lo permite. Segundo: Que, por esta vía cautelar se cuestiona la legalidad de la Resolución Exenta N°2500100305344, de 09 de diciembre de 2025, que rechazó la solicitud de residencia temporal y dispuso su abandono del país en un plazo de 30 días, por no haber realizado el pago de la sanción por residir de manera irregular en el país. Tercero: Que, el servicio recurrido refiere que la amparada no acreditó el pago la multa por residir irregularmente en Chile, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 119 de la Ley 21.235. Cuarto: Que, como puede advertirse, el rechazo de la solicitud no resulta ilegal, porque se encuentra debidamente fundada, en un caso contemplada en la ley, dictada por autoridad competente, lo que lleva al rechazo del recurso.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto, además, en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo interpuesto en favor de Maira Valentina Moreno Londoño y en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Acordada con el voto en contra de la Ministra Sra. Marcela Nash Álvarez quien fue de la opinión de acoger el presente arbitrio teniendo presente que la amparada en esta instancia demostró haber pagado la multa por residencia irregular, subsanando dicho reproche. Además, del análisis de los antecedentes acompañados, en especial, el carnet de identidad de la actora de enero de 2023 es posible establecer que ésta tiene arraigo social en el país. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-1085-2026. En Valparaíso, dos de abril de dos mil veintiséis, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
Dgm. C.A. de Valparaíso Valparaíso, dos de abril de dos mil veintiséis. Visto: A folio 1, se interpone recurso de amparo en favor de Maira Valentina Moreno Londoño, de nacionalidad colombiana y en contra del Servicio Nacional de Migraciones, debido a que, por Resolución Exenta N°2500100305344 de 09 de diciembre de 2025, se rechazó su solicitud de residencia temporal y se dispuso el abandono del
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