ANTIHUENO AGUILERA LEANDRO ANTONIO / GENDARMERÍA DE CHILE
Rol
Fecha
1 de abril de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: A folio 1, comparece mediante formulario de esta Corte Margaret Prisila Antihueno Aguilera, quien deduce acción de amparo en favor de su hermano, Leandro Antonio Antihueno Aguilera, chileno, en contra del Complejo Penitenciario de Valparaíso, solicitando sea sacado de los cuartos de castigo de dicho recinto penal, donde se encontraría injustificadamente sin tener “parte alguna”. Arguye que el amparado se encuentra en dichos cuartos porque el complejo penitenciario no tiene piezas en el módulo donde se encontraba previamente (103), aseverando que lleva varios días lo que lo perjudica en cuanto a la conducta. Pide, en definitiva, lo saquen de los cuartos y que no pierda conducta. A folio 4 y 5, evacuó informe el Complejo Penitenciario de Valparaíso, señalando que, la Oficina de Clasificación y Segmentación Penal de dicha unidad, ha revisado los antecedentes del amparado y que el 27 de marzo de 2026, el amparado ingresó al Módulo 103. Argumenta que, dicha dependencia alberga a la población penal que cuenta con buena y muy buena conducta, y que el interno permanecerá allí mientras mantenga un buen comportamiento y no cometa faltas al régimen interno. Agrega que verificará la situación de manera permanente con la finalidad de mantener un adecuado control y resguardo de las dependencias donde se encuentran los internos. A folio 6, se trajeron los autos en relación. Con lo relacionado y
Fundamentos
considerando: Primero: Que, la acción de amparo es un proceso de tutela urgente del derecho fundamental a la libertad personal y seguridad individual, garantía consagrada en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República, procedente en aquellos casos en que una persona fuere arrestada, detenida o presa con infracción a la Constitución o a las leyes o sufra cualquier otra privación, perturbación o amenaza al derecho fundamental antes aludido, fuera de los casos en que el ordenamiento jurídico lo permite. Segundo: Que, a través de esta vía cautelar se impugna el castigo injustificado consistente en la permanencia del amparado en celdas de castigo sin existir infracción disciplinaria, presuntamente por falta de cupo en el módulo correspondiente. Tercero: Que, el recurrido informa, en síntesis, que el interno Leandro Antonio Antihueno Aguilera fue trasladado desde aislamiento preventivo al Módulo 103 el mismo 27 de marzo de 2026, lugar destinado a internos con buena conducta, encontrándose actualmente en dicha dependencia bajo monitoreo permanente de la jefatura de la unidad. Cuarto: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 6 N°12 del Decreto Ley N°2.859, Ley Orgánica de Gendarmería de Chile, corresponde a la autoridad penitenciaria determinar los establecimientos en que los internos deben cumplir sus condenas y disponer sus traslados, de acuerdo con la reglamentación vigente y sobre la base de criterios técnicos y de seguridad penitenciaria. Quinto: Que, del mérito de los antecedentes tenidos a la vista, no se advierte la existencia de un acto u omisión ilegal que importe una privación, perturbación o amenaza a la libertad personal o a la seguridad individual del amparado, toda vez que el actuar de la recurrida se enmarca en el ejercicio de sus facultades legales y que le otorgan las atribuciones de segmentación de la población penal, motivos por los cuales la presente acción no podrá prosperar. Sexto: Que, por lo demás, el amparado ya fue trasladado al módulo 103 del Complejo Penitenciario de Valparaíso, habiendo desaparecido el supuesto fáctico que motiva la presenta acción.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 19 N°7 y 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre la materia, se rechaza, sin costas, la acción de amparo deducida en favor de Leandro Antonio Antihueno Aguilera en contra del Complejo Penitenciario de Valparaíso. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-1133-2026. En Valparaíso, uno de abril de dos mil veintiséis, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, uno de abril de dos mil veintiséis. Vistos: A folio 1, comparece mediante formulario de esta Corte Margaret Prisila Antihueno Aguilera, quien deduce acción de amparo en favor de su hermano, Leandro Antonio Antihueno Aguilera, chileno, en contra del Complejo Penitenciario de Valparaíso, solicitando sea sacado de los cuartos de castigo de dicho recinto penal, donde se
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