SOTO/FISCO DE CHILE ¿ C. D. E.
Rol
Fecha
1 de abril de 2026
Materia
DESPIDO INJUSTIFICADO
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Atendido el mérito de los antecedentes y tomando en consideración que mediante causa rol 6898-2025 la Excma. Corte Suprema ha resuelto, “Séptimo: Que, como consta de los antecedentes del proceso, la demanda tiene por objeto que se declare la relación laboral. Tal precisión es relevante, pues se controvierte expresamente la existencia de un vínculo laboral entre las partes y, consecuencialmente, la existencia del despido que la demandante alega, por lo que se yerra al separar la acción de despido injustificado de la anterior, por cuanto es evidente que no puede aplicarse lo dispuesto en el artículo 168 del Código del Trabajo, ni de ningún otro precepto, respecto de un período cuya naturaleza laboral está controvertida y que aún no ha sido asentada por la judicatura del ramo. Por consiguiente, la acción de despido injustificado derivada de un vínculo cuya real naturaleza forma parte del conflicto sometido al conocimiento de la judicatura laboral, queda supeditada, en los aspectos sustantivos y adjetivos, incluido el plazo para su interposición, a la acción de declaración de relación laboral, pues no puede existir en forma independiente de aquella.” En este contexto al versar la presente acción de reconocimiento de relación laboral, despido injustificado, indebido o improcedente y cobro de prestaciones laborales adeudadas se aplica el criterio anteriormente referido y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 453 y 476 del Código del Trabajo, SE REVOCA, la resolución apelada de fecha nueve de marzo del año en curso dictada por el juzgado de letras del Trabajo de esta ciudad en cuanto se declaró de oficio la caducidad de la acción de despido injustificado y en su lugar se resuelve que el tribunal debe dar curso a la referida pretensión por juez no inhabilitado. Comuníquese lo resuelto al Juzgado a quo. Rol N°44-2026.Laboral – Cobranza.
Fallo
se resuelve que el tribunal debe dar curso a la referida pretensión por juez no inhabilitado. Comuníquese lo resuelto al Juzgado a quo. Rol N°44-2026.Laboral – Cobranza.
Texto Completo (Preview)
Punta Arenas, uno de abril de dos mil veintiséis. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Atendido el mérito de los antecedentes y tomando en consideración que mediante causa rol 6898-2025 la Excma. Corte Suprema ha resuelto, “Séptimo: Que, como consta de los antecedentes del proceso, la demanda tiene por objeto que se declare la relación laboral. Tal precisión es relevante, pues se controvierte expresamente
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica