CECILIA ANGELICA ICARTE SOTO C/ CLARA INÉS DE LAS MERCEDES CASTRO FUSTER
Rol
Fecha
1 de abril de 2026
Materia
APROPIACION INDEBIDA ART.470 N?1
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Teniendo en consideración que los documentos excluidos por el Juez de Garantía de Valdivia no constituyen diligencias de investigación, y el hecho de haberse anexado aquellos al informe policial no modifica su naturaleza jurídica, por cuanto emanan de terceras personas, por lo que no se encuentran comprendidos dentro de la prohibición de prueba contemplada en el artículo 334 del Código Procesal Penal y siendo labor del juez de garantía su ponderación al momento de dictarse sentencia; se REVOCA la resolución apelada de diecinueve de marzo de dos mil veintiséis, dictada en los autos RUC N° 2300075176-6, RIT N° O-2121-2024 del Juzgado de Garantía de Valdivia y, en su lugar, se rechaza la exclusión de los documentos consignados con los numerales 8 y 9 de la prueba documental ofrecida por el Ministerio Público en el requerimiento de procedimiento simplificado. Lo anterior con el voto en contra de la Ministra Sra. María Soledad Piñeiro Fuenzalida quien estuvo por confirmar la resolución apelada, teniendo además presente que no se elaboró en la investigación la realización de un peritaje, y que además respecto de aquél documento elaborado por la Comisión revisora de cuentas, el Ministerio Público no ofreció testigos para ratificar la información contenida en el mismo. Comuníquese. N° Penal-355-2026.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valdivia Valdivia, uno de abril de dos mil veintiséis. Vistos: Teniendo en consideración que los documentos excluidos por el Juez de Garantía de Valdivia no constituyen diligencias de investigación, y el hecho de haberse anexado aquellos al informe policial no modifica su naturaleza jurídica, por cuanto emanan de terceras personas, por lo que no se encuentran comprendidos dentro de la pro
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