SIN INFORMACION

ACEITUNO/CAJA DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR LOS ANDES

Rol

Fecha

1 de abril de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece Mario Andrés Espinosa Valderrama, abogado, en representación de don Marcelo Andrés Aceituno Villalobos, interponiendo recurso de protección en contra de Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes, por el acto arbitrario e ilegal consistente en haber realizado un descuento sobre la remuneración de su representado correspondiente al mes de octubre de 2025, lo que importaría la afectación de las garantías constitucionales establecidas en los N° 2 y 24 del artículo 19 de la Constitución Policita, solicitando que se acoja el presente recurso y se ordene a la recurrida desistir de los descuentos y la devolución de los dineros descontados. Señala, que con fecha 14 de julio de 2021, su representado solicitó un crédito de dinero a C.C.A.F. Los Andes por la suma de $12.273.259 por concepto de capital, más los intereses correspondientes, pagaderos 60 cuotas mensuales, venciendo la primera el 30 de septiembre de 2021. Dicho crédito fue reprogramado con fecha 15 de marzo de 2024, por la suma de $7.869.597, pagadero en 60 cuotas iguales, mensuales y sucesivas de $189.839. Sostiene que, por diversos motivos, el recurrente se vio imposibilitado de cumplir con todas las cuotas pactadas, razón por la cual la recurrida lo demandó ejecutivamente el 26 de diciembre de 2024, en causa C-22672-2024, caratulada “Caja de Compensación De Los Andes con Aceituno”, tramitada ante el 4° Juzgado Civil de Santiago, fundándose el libelo en un pagaré suscrito el 14 de julio de 2021, por $12.273.259, deuda que luego fue reprogramada, encontrándose impagas y en mora de pago desde el 30 de junio de 2024, haciendo exigible el total de la obligación por $7.738.438 más intereses y costas. Hace presente que, con fecha 11 de junio de 2025, se dictó sentencia en dicha causa. El recurrente agrega que, al revisar su liquidación de sueldo correspondiente al mes de octubre de 2025, se efectuó un descuento a favor de La Caja de Compensación Los Ande

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se acoge el recurso de protección interpuesto en favor de Marcelo Andrés Aceituno Villalobos en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes y, en consecuencia, se ordena a la recurrida abstenerse de solicitar o efectuar, por sí o a través de terceros, cualquier tipo de retención o descuento en las remuneraciones del recurrente por concepto del crédito social 041CON103038300, debiendo efectuar la restitución al recurrente de todas las sumas indebidamente descontadas desde octubre de 2025 a la fecha, en un plazo de diez días hábiles contados desde la notificación de esta sentencia, debiendo acreditar su cumplimiento ante esta Corte. Regístrese, comuníquese y, oportunamente, archívese. Protección N°25.428-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, uno de abril de dos mil veintiséis. A los folios 22 y 23; a todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece Mario Andrés Espinosa Valderrama, abogado, en representación de don Marcelo Andrés Aceituno Villalobos, interponiendo recurso de protección en contra de Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes, por el acto arbitrario e ile

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