JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE PEDRO AGUIRRE CERDA

SANTANDER CONSUMER CHILE S.A. Y OTRO / RIVERA GODOY DAVID

Rol

Fecha

1 de abril de 2026

Materia

APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia apelada de diecinueve de agosto de dos mil veinticuatro dictada por la señora Jueza Titular del Juzgado de Policía Local de Pedro Aguirre Cerda, doña Carmen Gloria González Pávez, en los autos Rol 15982-2023, con excepción de sus

Fundamentos

considerandos undécimo a vigésimo primero, ambos incluidos, los que se eliminan. Y se tiene, además, y en su lugar presente: Primero: Que, el fundamento central del

Fallo

fallo recurrido consiste en estimar que las demandadas habrían infringido el deber de información consagrado en el artículo 3 letra b) de la Ley N°19.496, en relación con las condiciones del crédito automotriz contratado por el actor, particularmente en lo relativo a la existencia de una cuota final N°37. Segundo: Que, del mérito de los antecedentes allegados al proceso, especialmente de los instrumentos contractuales acompañados por las partes y en particular el contrato de crédito automotriz y la cotización suscrita por el actor, aparece de manifiesto que las condiciones esenciales del crédito, incluyendo el número de cuotas, el valor de cada una de ellas y la existencia de una cuota final, se encontraban expresamente consignadas en dichos documentos. En efecto, tales instrumentos contienen información clara y específica acerca del monto total del crédito, la carga anual equivalente (CAE), el costo total del crédito (CTC) y el valor de la última cuota, sin que se advierta ambigüedad o falta de transparencia en su redacción. En lo relativo a ello, el instrumento acompañado a fojas 9 por el querellante, respecto de la cotización del crédito automotriz N°650054492400 señala claramente la existencia total del crédito por $11.244.613, y el plazo del crédito (meses) 37, además de indicar que el valor de la cuota final asciende a $3.447.013, dato cuya presencia es suficiente para tener por cumplido el deber de información en los términos del artículo 17B de la Ley N°19.496 Tercer

Texto Completo (Preview)

San Miguel, uno de abril de dos mil veintiséis Vistos: Se reproduce la sentencia apelada de diecinueve de agosto de dos mil veinticuatro dictada por la señora Jueza Titular del Juzgado de Policía Local de Pedro Aguirre Cerda, doña Carmen Gloria González Pávez, en los autos Rol 15982-2023, con excepción de sus considerandos undécimo a vigésimo primero, ambos incluidos, los que se eliminan. Y se ti

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