SIN INFORMACION

BRACHO ROJAS / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

1 de abril de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que Pablo Daniel Peñaloza Parra, abogado, en representación de Jennifer Carolina Bracho Rojas, nacional de Venezuela, con domicilio en San Petesburgo Nº6351, comuna de San Miguel, interpone recuso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por Frank Sauerbaum, ambos con domicilio en San Antonio Nº580, comuna de Santiago, en razón de haber incurrido en una actuación ilegal que perturba la garantía fundamental del numeral 2 del artículo 19 de la Carta Fundamental, consistente en la notificación de inadmisibilidad de su solicitud de residencia definitiva. Refiere que presentó la solicitud para residencia definitiva, cumpliendo con los plazos legales y que el 29 de octubre de 2025 recibió la notificación que declara inadmisible su solicitud de residencia definitiva, por contar con infracciones migratorias graves. Manifiesta que la resolución es ilegal porque se basa en un artículo -65 N°4 del Reglamento- que no se interpretó correctamente respecto a su caso, ya que dio cumplimiento a todos los requisitos exigidos por la legislación para obtener el beneficio referido. Pide dejar sin efecto la resolución que declaró inadmisible la solicitud de residencia definitiva y se de curso a la misma. Segundo: Que informa el Servicio Nacional de Migraciones solicitando el rechazo del recurso. Indica que el 31 de enero de 2025 la recurrente solicitó el beneficio migratorio de residencia definitiva. Sin embargo, realizando el análisis de la petición, por Resolución Exenta Nº 2500100223714 de 30 de octubre de 2025 se declaró inadmisible su solicitud por no cumplir con el artículo 65 N°4 del Decreto N° 296 ya que la extranjera recurrente fue sancionada por su representada al pago de una multa ascendente a $305.785, al haber declarado de manera expresa y voluntaria el haber residido en el territorio nacional por un periodo superior a 180 días, incurriendo así en la infracción dispuesta por el artículo 119 de la Ley

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se rechaza el recurso de protección deducido en favor de Jennifer Carolina Bracho Rojas. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°4608-2025 Protección

Texto Completo (Preview)

San Miguel, uno de abril de dos mil veintiséis. Vistos y teniendo presente: Primero: Que Pablo Daniel Peñaloza Parra, abogado, en representación de Jennifer Carolina Bracho Rojas, nacional de Venezuela, con domicilio en San Petesburgo Nº6351, comuna de San Miguel, interpone recuso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por Frank Sauerbaum, ambos con domicilio e

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