SIN INFORMACION

VIAMONTE / AFP MODELO S.A.

Rol

Fecha

1 de abril de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que el abogado Pablo Daniel Peñaloza Parra, en representación de Adriana Katherine Viamonte Manrriquez, de nacionalidad venezolana, cédula de identidad para extranjeros N°26.862.736-7, e interpone recurso de protección en contra de la AFP Modelo S.A., por el acto ilegal y arbitrario del 28 de octubre de 2025, consistente en el rechazo de la solicitud de retiro de fondos para extranjero, lo que infringe las garantías de los numerales 2, 24 y 26 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, en virtud de los

Fundamentos

fundamentos de hecho y de derecho que expone. Refiere que la recurrente solicitó a la AFP recurrida, la devolución de fondos previsionales de acuerdo con la Ley N°18.156, lo que fue rechazado por el siguiente motivo “cumplimiento del plazo normativo para rectificación de documentos”, lo que le fue notificado el 28 de octubre de 2025, rechazo que se fundó en no haber acompañado un contrato de trabajo válido y un certificado válido de afiliación de seguridad social de su país de origen. En relación con la causal de rechazo invocada señala que el contexto actual impide obtener la legalización consular de la declaración jurada de dicho certificado de afiliación en el instituto de previsión social IVSS como se hacía anteriormente, pues asegura encontrarse con una imposibilidad técnica y material de adquirir dicha legalización de la declaración jurada, en razón del quiebre de las relaciones diplomáticas entre Chile y Venezuela, posterior a las últimas elecciones presidenciales celebradas en Venezuela, en atención a la falta de reconocimiento de dichas elecciones por parte del mandatario chileno, lo que dejó sin representación consular o diplomática a los nacionales venezolanos. En este estado de cosas, pide que la AFP recurrida proceda a realizar un nuevo pronunciamiento sobre la solicitud planteada conforme a derecho y dentro de un plazo razonable efectuar la devolución de los fondos de pensión solicitados, adoptando las providencias que sean necesarias para reestablecer el imperio del derecho. Segundo: Que al informar la AFP recurrida señala que la actora realizó una solicitud de devolución de fondos previsionales de conformidad a la Ley N°18.156, acompañando los siguientes documentos: 1. Título Profesional de la recurrente. 2. Constancia electrónica de cotizaciones de la recurrente. 3. Contrato de Trabajo de fecha 1 de octubre de 2020, suscrito con el empleador Condominio Edificio Buena Vista San Miguel, RUT 53.332.378-2 y sus anexos. Expresa que luego de revisar dicha documentación con el objeto de determinar la procedencia de la solicitud de devolución de fondos regulada por la Ley N°18.156, solicitó a la recurrente aportar un certificado de afiliación a un régimen previsional extranjero, en atención a que, la constancia electrónica de cotizaciones y declaraciones juradas efectuadas por la recurrente no son documentos aptos para acreditar la afiliación a un sistema de seguridad social fuera de Chile. Precisa que el motivo del rechazo es que la recurrente no acompañó los documentos solicitados dentro del plazo indicado. En efecto, no acompañó una constancia de afiliación o un certificado de afiliación emitido por la Institución de Seguridad Social que le otorgue un régimen de previsión o seguridad social en el extranjero, debidamente legalizado ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile o apostillado, según corresponda, que acredite que se contó con cobertura durante toda la relación laboral, y a todo evento, a lo menos en casos de

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido por Adriana Katherine Viamonte Manrriquez en contra de AFP Modelo S.A. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Rol 4516-2025 Protección.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, uno de abril de dos mil veintiséis. Vistos y teniendo presente: Primero: Que el abogado Pablo Daniel Peñaloza Parra, en representación de Adriana Katherine Viamonte Manrriquez, de nacionalidad venezolana, cédula de identidad para extranjeros N°26.862.736-7, e interpone recurso de protección en contra de la AFP Modelo S.A., por el acto ilegal y arbitrario del 28 de octubre de 2025, con

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