CHAMORRO RONDON / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
1 de abril de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que Pablo Daniel Peñaloza Parra, abogado, interpone recurso de protección en favor de Carlos José Chamorro Rondón, de nacionalidad colombiana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, impugnando la notificación folio N°2500100248333, de 11 de noviembre de 2025, por la cual se declaró inadmisible su solicitud de residencia definitiva al estimarse que no cumplía con el artículo 65 N°4 del Decreto N°296. Expone que el recurrente ingresó a Chile como turista, cambió luego su condición migratoria a residente temporario y obtuvo la visa correspondiente con el propósito de establecerse y desarrollar su proyecto de vida en el país. Señala que el 1 de abril de 2025 solicitó el beneficio migratorio de residencia definitiva, bajo el ID N°52037677, pero que posteriormente recibió la notificación recurrida que declaró inadmisible su postulación. Afirma que dicha decisión es contraria a derecho, pues el recurrente habría realizado la postulación dentro del plazo correspondiente, habría acreditado contrato de trabajo vigente desde el 3 de mayo de 2022 y, además, existe constancia de la solicitud de pago de derechos de la residencia definitiva, lo que demostraría que cumplía con los requisitos legales para continuar el trámite. Sostiene que la resolución impugnada se basa en hechos que no corresponden a su situación real y que el Servicio no efectuó una valoración exhaustiva de los antecedentes acompañados antes de declarar la inadmisibilidad. Afirma que, a pesar de cumplir con los requisitos previstos en la normativa vigente, la autoridad migratoria no le otorgó continuidad al procedimiento ni le concedió un plazo razonable para subsanar o complementar antecedentes, dejándolo en un estado de preocupación, incertidumbre y vulnerabilidad. Añade que corresponde a los funcionarios públicos mantener actualizada la información en el sistema institucional y asegurar una comunicación clara y transparente con los administrados, deber que no se
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Carlos José Chamorro Rondón en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese y archívese, en su oportunidad. N°4570-2025 Protección
Texto Completo (Preview)
San Miguel, uno de abril de dos mil veintiséis. A los folios 15 y 16: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que Pablo Daniel Peñaloza Parra, abogado, interpone recurso de protección en favor de Carlos José Chamorro Rondón, de nacionalidad colombiana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, impugnando la notificación folio N°2500100248333, de 11 de noviembre de 2025, por
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