ROJAS/COMPIN METROPOLITANA
Rol
Fecha
1 de abril de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece Leticia María Rojas Aguirre, deduciendo recurso de protección en contra de la Superintendencia de Seguridad Social, señalando como acto ilegal y arbitrario la emisión de la Resolución Exenta N°R-01-DC-06196-2026, de 17 de enero de 2026, confirmó el rechazo de las licencias médicas N°22418752-1 y N°22632358-9, lo que conculca los derechos consagrados en el artículo 19 N°1 y 24 de la Constitución Política de la República. Detalla su historial médico asociado a un cáncer de colon pesquisado en el año 2022, así como las cirugías y terapias a las que tuvo que someterse, añadiendo que, por lo anterior, vio mermada su salud mental, presentando síntomas ansiosos y depresivos secundarios, siendo diagnosticada con un trastorno de adaptación. Indica que el acto reprochado carece de la debida fundamentación, tornándose arbitrario. En efecto, la decisión no se apoya en ningún elemento de convicción que la avale más allá del solo transcurso del tiempo y un informe pericial breve cuyo origen proviene de una única entrevista. Por tales motivos, culmina solicitando se deje sin efecto la resolución impugnada, autorizando las licencias médicas cuyo rechazo se reprocha, disponiendo su pago, con costas. En subsidio, se le realicen todos los exámenes y evaluaciones médicas necesarias para determinar la existencia de la incapacidad laboral temporal que originó el reposo prescrito por las licencias médicas rechazadas, más las restantes peticiones que detalla en su libelo. Acompaña a su recurso documentos para acreditar sus asertos. SEGUNDO: Que emite informe la Superintendencia de Seguridad Social. En primer lugar, alegó la improcedencia de la acción de protección, por cuanto el asunto por el que se recurre dice relación con un derecho perteneciente al sistema de seguridad social, establecido en el numeral 18 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, el que no se encuentra amparado por el recurso de protección. En subsidio, informa en cuanto al fondo, solicitando el rechazo de la acción intentada, con costas. Refiere que la actora recurrió solicitando se reconsidere la decisión que confirmó lo resuelto por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez en orden al rechazo de las licencias médicas objetos del presente arbitrio. Señala que estudió los antecedentes y con su mérito concluyó que el reposo prescrito no se encontraba justificado, lo que se basa en que el análisis de los nuevos antecedentes médicos adjuntos, en los que se incluye un informe médico de 1 de diciembre de 2025, no varían lo ya dictaminado, por cuanto tal instrumento no permite establecer una incapacidad laboral temporal más allá del periodo de reposo ya autorizado de 180 días. Luego, expone el marco regulatorio del derecho a licencia médica, enfatizando su carácter esencialmente temporal, añadiendo que se limitó a resolver la situación de la recurrente dentro del ámbito de su competencia, agregando que la pretensión desborda clarament
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre la materia, se resuelve: I.- Que, SE RECHAZA, la alegación de improcedencia de la acción de protección planteada por la recurrida. II.- Que, SE ACOGE, sin costas, el recurso de protección interpuesto por Leticia María Rojas Aguirre, en contra de la Superintendencia de Seguridad Social, disponiendo que se deja sin efecto la Resolución Exenta N°R-01-DC-06196-2026, de 17 de enero de 2026, que confirmó el rechazo de las licencias médicas N°22418752-1 y N°22632358-9 y, en su lugar, se resuelve que se autorizan, debiendo la recurrida dictar las resoluciones pertinentes con su respectivo pago, dentro de quinto día, a contar que la presente sentencia se encuentre ejecutoriada. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol N°356-2026 Protección.
Texto Completo (Preview)
Rojas Aguirre, Leticia María Superintendencia de Seguridad Social Recurso de protección Rol N°356-2026.- La Serena, uno de abril dos mil veintiséis. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece Leticia María Rojas Aguirre, deduciendo recurso de protección en contra de la Superintendencia de Seguridad Social, señalando como acto ilegal y arbitrario la emisión de la Resolución Exenta N°R-01-DC-061
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