JUZGADO DE GARANTIA DE OVALLE

M. PUBLICO C/ BRYAN ANDRÉS ARAYA MONTENEGRO

Rol

Fecha

1 de abril de 2026

Materia

RECEPTACION. ART. 456 BIS

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por la defensa en audiencia, compartiendo estos sentenciadores los

Fundamentos

fundamentos vertidos por el juez a quo en la resolución que se revisa, estimándose que los incumplimientos del penado son graves y reiterados, siendo procedente su revocación conforme lo previene el artículo 25 N°1 de la Ley N°18.216, sin que la alegación de la defensa en torno a la ausencia de inicio efectivo del cumplimiento desvirtúe tal circunstancia, desde que el encartado quedaría en una situación de ventaja respecto de aquellos que sí comienzan la observancia del castigo impuesto –que fuere sustituido– y, visto, además, lo dispuesto en la norma citada y en los artículos 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA, la resolución apelada de diez de marzo de dos mil veintiséis, dictada por el Juzgado de Garantía de Ovalle, que revocó la pena sustitutiva concedida al sentenciado Bryan Andrés Araya Montenegro. Con lo actuado, se levanta acta de lo obrado, la que es suscrita por el Tribunal, actuando como ministro de fe la relatora doña Claudia Castro Aquea. Devuélvase vía interconexión. Rol N°233-2026 Penal.-

Texto Completo (Preview)

La Serena, uno de abril de dos mil veintiséis. Siendo las 12:09 horas, ante la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones, presidida por el Ministro señor Iván Corona Albornoz e integrada por el Ministro señor Juan Carlos Espinosa Rojas y el abogado integrante señor Jaime Camus del Valle, se lleva a efecto audiencia para la vista del recurso de apelación interpuesto por la defensa, en contra de la

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