MORALES ACEVEDO VICENTE ALEJANDRO/DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA DE GENDARMERÍA DE CHILE - JUZGADO DE GARANTÍA DE SAN ANTONIO - SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO
Rol
Fecha
31 de marzo de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece doña Yolanda de las Mercedes Acevedo Correa, quien deduce acción constitucional de amparo en favor de su hijo Vicente Alejandro Morales Acevedo, en contra de la Dirección Regional Metropolitana de Gendarmería de Chile, del Juzgado de Garantía de San Antonio y del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, denunciando como acto ilegal que la pena que se encuentra cumpliendo actualmente en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur no aparece registrada en el sistema de Gendarmería , ni se ha determinado cuando empieza ni cuando termina. Expone que su hijo fue condenado el 12 de agosto de 2022 por el Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de San Antonio por porte y tenencia ilegal de arma de fuego a cuatro años de presidio menor en su grado máximo, la que se sustituyó por Libertad Vigilada Intensiva, debiendo conocer de su ejecución el Juzgado de Garantía de San Antonio en autos RIT C-6943.2019, el que luego se declaró incompetente en atención al domicilio del condenado. Refiere que, posteriormente, habiendo aceptado la competencia, con fecha 19 de agosto de 2025, el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago revocó la pena sustitutiva de Libertad Vigilada Intensiva impuesta a su hijo, determinando un saldo de 845 días de cumplimiento efectivo. Sin embargo, reclama que el tribunal ordenó el cumplimiento "a continuación de la pena que actualmente purga", sin fijar una fecha cierta de inicio ni término, lo que habría generado una tramitación errática entre los tribunales involucrados por inconvenientes informáticos, particularmente, la imposibilidad de “marcar hitos” en el sistema, impidiendo que Gendarmería de Chile registre la condena y practique el cómputo oficial correspondiente. Sostiene que tal situación vulnera la garantía constitucional de la libertad personal y seguridad individual, al mantenerse al amparado privado de libertad sin un título de ejecución penal determinado. Solicita, en definitiva, que se acoja
Fundamentos
considerando precedente. Tal modalidad de cumplimiento sucesivo se ajusta a las reglas generales sobre ejecución de múltiples condenas, conforme a lo dispuesto en los artículos 74 y 91 del Código Penal, y no priva al título de ejecución de certeza jurídica, toda vez que el inicio del cumplimiento del saldo se encuentra sujeto a una condición temporal objetivamente determinable, cual es el agotamiento de la pena que actualmente se cumple. Noveno: Que, no advirtiéndose en la especie privación, perturbación ni amenaza a la libertad personal o seguridad individual del amparado que revista el carácter de ilegal o arbitraria, la acción constitucional deducida no puede prosperar.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 19 Nº7 y 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza la acción de amparo deducida por doña Yolanda de las Mercedes Acevedo Correa, en favor de Vicente Alejandro Morales Acevedo, en contra de la Dirección Regional Metropolitana de Gendarmería de Chile, del Juzgado de Garantía de San Antonio y del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol Amparo N°1093-2026
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, treinta y uno de marzo de dos mil veintiséis. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece doña Yolanda de las Mercedes Acevedo Correa, quien deduce acción constitucional de amparo en favor de su hijo Vicente Alejandro Morales Acevedo, en contra de la Dirección Regional Metropolitana de Gendarmería de Chile, del Juzgado de Garantía de San Antonio y del Séptimo Juz
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