MAMANI/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
31 de marzo de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: Que, a folio 1 se deduce acción de Protección de garantías constitucionales en favor de ELIAS MAMANI LLANQUE en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre la solicitud residencia definitiva, por impedir dicha omisión el principio de igualdad ante la ley, conforme lo preceptuado en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 27 de Ley 19.880. Que, el Servicio Nacional de Migraciones evacúa el informe solicitado y se traen los autos en relación. Con lo relacionado y
Fundamentos
considerando: Primero: Que, el asunto por el cual se solicita la adopción de medidas que restablezcan el imperio del derecho dice relación con la omisión arbitraria o ilegal por parte de la recurrida, en el pronunciamiento de la solicitud de residencia definitiva presentada por el recurrente. Segundo: Que, el Servicio recurrido informa que mediante Comunicación Electrónica N°91503256 de 6 de enero de 2026 del Servicio Nacional de Migraciones, se informó a la persona extranjera que se encuentra comprendido en una causal de rechazo, y que debía realizar los descargos respectivos, otorgando un plazo de 10 días hábiles, no constando que a la fecha del informe el actor haya acompañado la documentación solicitada. Tercero: Que, si bien a la fecha de interposición de la presente acción se encontraba pendiente el pronunciamiento por parte del Servicio respecto de la solicitud del actor, aquel solicitó la actuación del actor para continuar con la tramitación respectiva, no habiéndose verificado que el recurrente haya dado cumplimiento a lo ordenado, por lo que la recurrida no está en condiciones de pronunciarse al respecto, de modo tal que no se vislumbra arbitrariedad e ilegalidad en el actuar de ésta última, razón que lleva al rechazo del recurso deducido.
Fallo
Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido a favor de ELIAS MAMANI LLANQUE contra el Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, notifíquese, certifíquese una vez ejecutoriada, y en su oportunidad archívese. N°Protección-8432-2025. En Valparaíso, treinta y uno de marzo de dos mil veintiséis, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
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C.A. de Valparaíso Valparaíso, treinta y uno de marzo de dos mil veintiséis. Vistos: Que, a folio 1 se deduce acción de Protección de garantías constitucionales en favor de ELIAS MAMANI LLANQUE en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre la solicitud residencia definitiva, por impedir dicha omisión el principio de igualdad ante la
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