ANGEL NORAMBUENA CACERES/TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE LINARES
Rol
Fecha
31 de marzo de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto: Que del relato de los hechos de la acción de amparo no se advierte privación, perturbación o amenaza al derecho a la libertad personal o seguridad individual del amparado, que pudiere ser reparada por esta vía; por cuanto lo que se trata de perseguir a través de la presente acción es la modificación de una sentencia que se encuentra ejecutoriada. En razón de lo anterior y teniendo, además, presente lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se declara INADMISIBLE el recurso de amparo intentado en contra de la sentencia dictada el 27 de septiembre de 2025, por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Linares. Al segundo otrosí, a sus antecedentes; al tercer otrosí, téngase presente. Regístrese y archívese, en su oportunidad. N° Amparo-258-2026.acl
Fallo
se declara INADMISIBLE el recurso de amparo intentado en contra de la sentencia dictada el 27 de septiembre de 2025, por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Linares. Al segundo otrosí, a sus antecedentes; al tercer otrosí, téngase presente. Regístrese y archívese, en su oportunidad. N° Amparo-258-2026.acl
Texto Completo (Preview)
C.A. de Talca Talca, treinta y uno de marzo de dos mil veintiséis. A lo principal y primer otrosí de folio 1: Visto: Que del relato de los hechos de la acción de amparo no se advierte privación, perturbación o amenaza al derecho a la libertad personal o seguridad individual del amparado, que pudiere ser reparada por esta vía; por cuanto lo que se trata de perseguir a través de la presente acción
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