JUZGADO DE GARANTIA DE PUERTO MONTT

MP C/ ABIGAIL BELEN RIVERA SEPULVEDA

Rol

Fecha

31 de marzo de 2026

Materia

CULTIVO/COSECHA ESPECIES VEGETALES PRODUCTORAS ESTUPEF. ART. 8

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: 1º) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por la defensa en contra de la resolución del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado. 2º) Que, del mérito de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, se desprende que, en este estadio procesal, existen elementos de convicción suficientes para estimar concurrentes los requisitos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, la existencia material de los hechos investigados y aquellos tendientes a presumir fundadamente la participación que en ellos se atribuye al encartado, constitutivos de los delitos de tráfico de drogas en pequeñas cantidades del artículo 4° y un delito del artículo 8 de la Ley 20.000, considerando en especial la droga, dinero y papelinas incautadas al momento de su detención en flagrancia, y la circunstancia que la Defensa no ha discutido los presupuestos materiales. 3°) Que, en cuanto a la necesidad de cautela prevista en la letra c) del mismo artículo, se advierte que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, teniendo en consideración el número y naturaleza de los delitos por los cuales fue formalizado, las circunstancias de su comisión y lesividad, la pena que probable y eventual forma de cumplimiento, y el hecho de encontrarse cumpliendo una pena sustitutiva por idéntico ilícito de tráfico de drogas al momento de la detención. Por estos fundamentos, y atendido lo dispuesto en los artículos 36, 140, 155 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución en alzada de fecha veintitrés de marzo del año en curso, dictada por don Francisco Almonacid Faúndez, Juez del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, que dispuso la medida cautelar de prisión preventiva que pesa sobre el imputado MIGUEL ARNOLDO OYARZÚN CARRASCO. Notifíquese y devuélvase. Rol Penal 350-2026.-

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, treinta y uno de marzo de dos mil veintiséis.  Vistos y considerando: 1º) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por la defensa en contra de la resolución del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado. 2º) Que, del mérito de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, se d

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