SIN INFORMACION

EDMOND/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

31 de marzo de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Que, a folio 1 se recurrió de protección por WILCAM EDMOND en favor de NADEGE EDMOND FOURRIEN, haitiana, contra el Servicio Nacional de Migraciones, por el acto ilegal y arbitrario de rechazar la solicitud de Residencia Temporal de la recurrente, mediante Resolución Exenta N°25374572 de 9 de julio de 2025, vulnerando el derecho al debido proceso y el derecho de igualdad ante la ley establecidos en el artículo 19 N°3 y N°2 de la Constitución Política de la República Señala que el actor de nacionalidad haitiana y residente definitivo en el país, con la finalidad de reunirse con su cónyuge, realizó una solicitud de residencia temporal, ya que en nuestro país podría optar a mejores oportunidades para desarrollarse a plenitud como persona, mejorando su calidad de vida. Que, mediante Resolución Exenta Nº 25374572 de 9 de julio de 2025, el Servicio Nacional de Migraciones resolvió rechazar su solicitud de residencia temporal, argumentando que no se acompañó el certificado de antecedentes penales de su país de origen, documento que sí fue presentado mediante carta explicativa al Servicio por el recurrente. Arguye que esta resolución no solo desconoce hechos efectivos y constatables, sino que afecta gravemente sus derechos fundamentales, colocándolo en una situación de irregularidad migratoria injusta, atentando contra su estabilidad personal y su derecho a una vida digna en Chile. Solicita que dejar sin efecto la Resolución Exenta, y que se ordene emitir una nueva resolución fundada, en la cual se reconozca el certificado de antecedentes penales del país de origen acompañado y se continúe con la tramitación de la solicitud de residencia temporal. Que, a folio 5 se evacúa el informe por el Servicio Nacional de Migraciones., oponiendo la excepción de incompetencia y alegando la extemporaneidad de la acción. En cuanto al fondo solicita el rechazo del recurso, indica que el 20 de noviembre de 2023, Nadege Edmond Fourrien, extranjera nacional de Haití, solicito Residen

Fundamentos

considerando la documentación acompañada, se procedió a Rechazar su solicitud de Residencia Temporal dicho rechazo, consta en Resolución Exenta N°25374572 de 9 de julio de 2025. Que a folio 7, se ordenó traer los autos en relación. Con lo relacionado y considerando: I.- En cuanto a la excepción de incompetencia: Primero: Que, el Servicio Nacional de Migraciones, opone la excepción de incompetencia fundado en que la recurrente al realizar su solicitud de residencia temporal el 20 de noviembre de 2023, señala domicilio en Haití, no registrando ante el Servicio domicilio alguno en esta jurisdicción. Segundo: Que, la alegación de incompetencia será desestimada pues el recurso ha sido interpuesto por el cónyuge de la actora quien al momento de presentar esta acción ha acreditado su domicilio actual en la comuna de San Antonio, lo que habilita a este Tribunal de Alzada a conocer del presente arbitrio. II.- En cuanto a la alegación de extemporaneidad: Tercero: Que, la acción no resulta extemporánea, toda vez que la actuación que se denuncia produce efectos permanentes hasta la fecha, de manera que, al momento de haber sido interpuesta, lo fue dentro del plazo de 30 días establecido por el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y

Fallo

Fallo del Recurso de Protección. III.- En cuanto al fondo: Cuarto: Que, por la presente vía cautelar, se impugna la Resolución Exenta N°25374572 de 9 de julio de 2025, del Servicio Nacional de Migraciones, que rechazó la solicitud de Residencia Temporal realizada por la recurrente. Quinto: Que, el Servicio recurrido, señala que no ha actuado ilegal o arbitrariamente pues la resolución exenta alegada, fue dictada conforme a la normativa vigente, y que el rechazo se fundamenta en que la solicitante no acompañó en su oportunidad la documentación requerida consistente en el certificado de antecedentes penales del país de origen, requisito para obtener la residencia solicitada. Sexto: Que, el artículo 11 letra b) del Decreto 177 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, señala: “En el caso de los solicitantes que según la ley chilena sean mayores de edad, el certificado de antecedentes penales o documento equivalente expedido por la autoridad competente de su país de origen o de aquel en el cual hayan residido en los últimos 5 años. En caso que la residencia en un país distinto al de origen haya tenido lugar en un lapso menor a los últimos 5 años, deberá adjuntarse el certificado o documento equivalente, expedido por las autoridades competentes de los diferentes países en los que haya residido durante dicho periodo”. Séptimo:  Que, de lo señalado precedentemente es posible concluir que la resolución impugnada fue dictada por autoridad competente, dentro del procedimiento e

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C.A. de Valparaíso Valparaíso, treinta y uno de marzo de dos mil veintiséis. Vistos: Que, a folio 1 se recurrió de protección por WILCAM EDMOND en favor de NADEGE EDMOND FOURRIEN, haitiana, contra el Servicio Nacional de Migraciones, por el acto ilegal y arbitrario de rechazar la solicitud de Residencia Temporal de la recurrente, mediante Resolución Exenta N°25374572 de 9 de julio de 2025, vulnera

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