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30 de marzo de 2026

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Hechos

VISTO: Comparece el abogado Pablo Nicolás Núñez Jara, en representación de [Patricio], comerciante, y de [Norma], empresaria, todos domiciliados para estos efectos en calle Cochrane N°1012, oficina 11, Concepción. Interpone recurso de protección en contra de [Jaime], por actos que califica de ilegales y arbitrarios que vulneran las garantías constitucionales del derecho a la integridad psíquica y el respeto y protección a la honra y la vida privada, consagradas en el artículo 19 N°1 y N°4 de la Constitución Política de la República. Al fundamentar exponen que el conflicto tiene su origen en una relación comercial derivada del ...

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Concepción, treinta de marzo de dos mil veintiséis. VISTO: Comparece el abogado Pablo Nicolás Núñez Jara, en representación de [Patricio], comerciante, y de [Norma], empresaria, todos domiciliados para estos efectos en calle Cochrane N°1012, oficina 11, Concepción. Interpone recurso de protección en contra de [Jaime], por actos que califica de ilegales y arbitrarios que vulneran las garantías cons

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