1º JUZGADO DE LETRAS DE OSORNO

GARO/SURALIS SA

Rol

Fecha

30 de marzo de 2026

Materia

PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE

Resultado

REVOCADA-CONFIRMADA

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Hechos

Visto: Se CONFIRMAN las resoluciones apeladas de once de noviembre de dos mil veinticinco, dictadas en folios N° 9 del cuaderno de excepciones dilatorias y N° 8 del cuaderno de incidente de nulidad de lo obrado. Teniendo en consideración el tenor del artículo 88 del Código de Procedimiento Civil, no revistiendo la interposición de excepción dilatoria un "incidente" en los términos contemplados en dicha norma y que la tramitación de aquella como incidente no altera su naturaleza jurídica; se REVOCA la resolución de fecha once de noviembre de dos mil veinticinco, sólo en aquella parte que hizo efectivo el apercibimiento del artículo 88 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto la demandada sólo ha sido vencida en un incidente, y por tanto se deja sin efecto. Comuníquese. N° Civil-1479-2025.

Fallo

por tanto se deja sin efecto. Comuníquese. N° Civil-1479-2025.

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C.A. de Valdivia Valdivia, treinta de marzo de dos mil veintiséis. Visto: Se CONFIRMAN las resoluciones apeladas de once de noviembre de dos mil veinticinco, dictadas en folios N° 9 del cuaderno de excepciones dilatorias y N° 8 del cuaderno de incidente de nulidad de lo obrado. Teniendo en consideración el tenor del artículo 88 del Código de Procedimiento Civil, no revistiendo la interposición d

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