SIN INFORMACION

BENITES GONZALES ENRIQUE ARTURO /JEFATURA NACIONAL DE MIGRACIONES-POLICÍA INTERNACIONAL DE LA POLICÍA DE INVESTIGACIONES DE CHILE-SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

30 de marzo de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece la abogada Claudia Beatriz Loman, en representación de Enrique Arturo Benites Gonzales, peruano, quien deduce recurso de amparo en contra de la Policía de Investigaciones de Chile, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, y del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto que estima ilegal consistente en la privación de su libertad personal al encontrarse retenido en dependencias policiales con el objeto de ejecutar una medida de expulsión, vulnerando de esta forma la garantía consagrada en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República. Menciona como antecedentes de su recurso que el amparado cumplió íntegramente su condena penal el 19 de marzo de 2025 y que, en lugar de ser puesto en libertad, fue trasladado y mantenido en recintos policiales. Añade que la medida se fundamenta únicamente en un decreto de expulsión administrativa previo, careciendo de orden judicial que autorice la privación de libertad, ignorándose el plazo cierto de ejecución, lo que deviene en un encierro indefinido. Argumenta que esta retención administrativa sin control judicial efectivo, al no ser ejecutada de inmediato y no contemplar medidas menos gravosas, resulta ilegal. Cita, para respaldar su acción, las normas contenidas en los artículos 5, 19 N° 7 y 21 de la Constitución Política de la República. Pide, en definitiva, tener por interpuesto el recurso, acogerlo a tramitación, declarar ilegal la privación de libertad y ordenar su inmediata libertad. Segundo: Que la Policía de Investigaciones de Chile evacúa el informe respectivo y solicita el rechazo de la acción. Expone como antecedentes que el amparado no registra encargos vigentes por órdenes de aprehensión, pero mantiene en su contra el Decreto Exento N° 393 del 4 de septiembre de 2020 emanado del Ministerio del Interior, notificado debidamente. Argumenta que su actuar no ha sido ilegal puesto que el extranjero fue privado de libertad el 18 de marzo de 20

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso deducido por la abogada Claudia Beatriz Loman en favor de Enrique Arturo Benites Gonzales, en contra de la Policía de Investigaciones de Chile y del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese y archívese. N° Amparo-1206-2026.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, treinta de marzo de dos mil veintiséis. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece la abogada Claudia Beatriz Loman, en representación de Enrique Arturo Benites Gonzales, peruano, quien deduce recurso de amparo en contra de la Policía de Investigaciones de Chile, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, y del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto

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