SIN INFORMACION

VILLALOBOS/TELEVISION NACIONAL DE CHILE Y FUNDACION TRAESOL

Rol

Fecha

30 de marzo de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA/ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y

Fundamentos

considerando: Primero: Que Marisa Elena Villalobos Fuentes, labores, domiciliada en calle Cordillera, Pasaje C, casa 2 de Parral, dedujo recurso de protección en contra de Televisión Nacional de Chile, del giro de su denominación, representada por don Francisco Vidal Salinas, domiciliados en Bellavista 0900, Providencia, Santiago y “Fundación Traesol”, representada por don Patricio Fuentes Carvajal, ignora profesión u oficio, ambos con domicilio en Hermanos Cabot 6964, Las Condes, Santiago y solicitó que en definitiva se resuelva que se acoja el recurso de protección por vulneración de garantías constitucionales del artículo 19 numerales 1 y 4 de la Constitución Política de la República, que se ordene la eliminación de las publicaciones en donde se muestre nuestra representada con su torso desnudo; y, que se condene en costas. Sostuvo la recurrente que en 2.023 fue sometida a una cirugía de reconstrucción mamaria en el marco de un convenio entre el sistema público de salud y la “Fundación Traesol”. Las intervenciones habrían tenido resultados insatisfactorios, existiendo además acciones civiles en curso por presunta negligencia médica. La recurrente indicó que con posterioridad, la recurrente detectó publicación en sitio web de T.V.N., donde aparece ella como imagen de portada, siendo plenamente identificable. Hubo difusión de fotografías de su torso desnudo, correspondientes a evaluaciones médicas, se publicó en Instagram de la “Fundación Traesol” un video donde se exhibió su cuerpo desnudo, incluyendo su nombre. La recurrente insistió en que no autorizó la captación ni difusión de dichas imágenes y que la situación le generó afectación psicológica, vergüenza y exposición pública indebida. En cuanto a los derechos vulnerados, invocó las siguientes garantías constitucionales: -Artículo 19 N°1: Derecho a la integridad psíquica. Se fundó en el daño emocional, angustia y afectación psicológica sufrida. -Artículo 19 N°4: Derecho a la vida privada, honra y protección de datos personales, que se configuró por la difusión no consentida de imágenes íntimas y datos identificatorios. La difusión de imágenes del cuerpo desnudo sin consentimiento constituye una intromisión grave en la vida privada. La identificación de la persona en dichas publicaciones agrava la vulneración, el alcance masivo de los medios (T.V.N. e Instagram) amplifica el daño. Finalmente, cuestionó el uso de estas imágenes con fines de promoción institucional, lo que sería improcedente. Segundo: Que T. V. N. evacuó el informe de estilo, solicitando el rechazo íntegro del recurso de protección, por no configurarse los presupuestos de procedencia de esa acción cautelar. Esa recurrida señaló que el Recurso se interpuso en contra de Televisión Nacional de Chile (TVN) y la “Fundación Traesol”, por la publicación en el sitio web de TVN de información e imágenes relativas a una cirugía de reconstrucción mamaria de la recurrente, sin su consentimiento, lo que habría afectado sus derechos f

Fallo

Fallo del Recurso de Protección se declara: 1) Que se rechaza el recurso de protección en contra de Televisión Nacional de Chile, sin costas. 2) Que se ACOGE el recurso de protección deducido por doña Marisa Elena Villalobos Fuentes en contra de “Fundación Traesol”, con costas en favor de la recurrente a pagar por la parte vencida, disponiéndose que toda imagen publicitaria, fotográfica o impresión de cualquier tipo sea eliminada por la vencida de cualquier registro público y privado, así como también le queda prohibida todo tipo de publicación de igual naturaleza que digan relación directa con la recurrente. Redacción del ministro Carrillo González. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol IC. 434-2025/PROTECCIÓN. 12

Texto Completo (Preview)

Protección rol I. C. 434-2025. “Marisa Elena Villalobos Fuentes contra Televisión Nacional de Chile y Fundación Traesol”. Talca, treinta de marzo de dos mil veintiséis. Visto y considerando: Primero: Que Marisa Elena Villalobos Fuentes, labores, domiciliada en calle Cordillera, Pasaje C, casa 2 de Parral, dedujo recurso de protección en contra de Televisión Nacional de Chile, del giro de su deno

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