ANONIMIZADO
Rol
Fecha
30 de marzo de 2026
Materia
ALIMENTOS
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes existentes en la carpeta digital oídos en la relación, lo expuesto por los comparecientes y lo dispuesto en el número 2 del artículo 67 de la Ley 19.968, se revoca la resolución apelada de diecinueve de enero de dos mil veintiséis, que no dio lugar a la oposición deducida contra los alimentos provisorios, y en su lugar se resuelve que se da lugar a ella, dejándose sin efecto los alimentos provisorios decretados, sin perjuicio que lo que pueda resolverse con mayores y mejores antecedentes. Notifíquese. Regístrese y, en su oportunidad, devuélvase. N°Familia-46-2026
Fallo
se resuelve que se da lugar a ella, dejándose sin efecto los alimentos provisorios decretados, sin perjuicio que lo que pueda resolverse con mayores y mejores antecedentes. Notifíquese. Regístrese y, en su oportunidad, devuélvase. N°Familia-46-2026
Texto Completo (Preview)
CA Chillán /cff Chillán, treinta de marzo de dos mil veintiséis. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes existentes en la carpeta digital oídos en la relación, lo expuesto por los comparecientes y lo dispuesto en el número 2 del artículo 67 de la Ley 19.968, se revoca la resolución apelada de diecinueve de enero de dos mil veintiséis, que no dio lugar a la oposición deducida contra los alime
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