SIN INFORMACION

SALGADO/MARTÍNEZ

Rol

Fecha

30 de marzo de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: 1) A folio comparecen DENIS PAOLA MORENO MELLA, trabajadora social y MACARENA ANDREA SALGADO PADILLA, educadora diferencial, quienes deducen acción de protección en contra de COMERCIAL LILY LIMITADA, y en contra de doña MARCELA ALEJANDRA MARTÍNEZ CARRASCO, por los actos ilegales y arbitrarios que señalan. Explican que ambas se desempeñan como docentes en la Escuela Pública Valle de Mariquina, de esa comuna, ejerciendo labores de encargada de convivencia escolar y educadora diferencial del programa PIE, respectivamente, las que durante los años 2023 a 2025, y en el ejercicio de sus funciones, ambas mantuvieron serios conflictos con un colega de dicho establecimiento educacional, José Martínez Gómez, quien se desempeñaba como profesor, siendo denunciado por diversas conductas e inclusive Macarena Salgado Padilla, fue víctima de acoso laboral por parte del mismo funcionario, situación que se judicializó ante los tribunales de justicia, disponiéndose la suspensión del referido docente y la instrucción de un sumario administrativo. Luego de esos hechos, una hija de dicho docente recurrida en autos, Marcela Martínez Carrasco, quien es cajera en el Supermercado Lily de la comuna de Mariquina, comenzó a hostigar de manera reiterada a las actoras cada vez que estas concurren al establecimiento, conducta que se ha manifestado durante el año 2025 y principios de 2026 por conductas tales como: seguimiento dentro del local, presencia intimidatoria en los pasillos, aproximaciones deliberadas e insultos subrepticios en tono elevado fingiendo hablar por teléfono. En cuanto a Denis Moreno, la recurrida ha formulado expresiones tales como: “para qué quieren saber de mi papá, si tiene cáncer o no, que sigan webiando, se las van a ver conmigo”, entre otras de similar tenor, las que son proferidas de manera subrepticia, pues la recurrida se aproxima deliberadamente a la recurrente, finge hablar por teléfono y profiere dichas amenazas o, en otros casos, insultos en voz elevada.

Fundamentos

fundamentos y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre la materia, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de protección deducido por DENIS PAOLA MORENO MELLA, y MACARENA ANDREA SALGADO PADILLA, en contra de COMERCIAL LILY LIMITADA, y de doña MARCELA ALEJANDRA MARTÍNEZ CARRASCO, Regístrese, notifíquese y archívese. N° Protección-193-2026.

Fallo

por tanto carece de legitimación pasiva. Asimismo, la empresa cumple con los con estándares preventivos y organizacionales adecuados, lo que descarta la existencia de una omisión reprochable, sin que existan reclamos o denuncias previas de las recurrentes. Indica que se efectuó una revisión interna de los hechos denunciados, concluyendo que no existen antecedentes que respalden las acusaciones formuladas en el recurso, por lo demás las medidas solicitadas exceden el ámbito del recurso de protección. 3) A folio 14 informa la recurrida MARCELA ALEJANDRA MARTÍNEZ CARRASCO, quien solicita el rechazo del recurso de protección. Expone que hasta la fecha no se han formulado cargos en contra de su padre por las supuestas denuncias efectuadas por las recurrentes en el establecimiento de educación en que aquél prestaba servicios como docente e indica que con fecha 28 de noviembre de 2025 su padre se acogió a retiro voluntario. Añade que los hechos se basan en afirmaciones genéricas, imprecisas y ambiguas, carentes de toda prueba, sin profundizar y acreditar sus asertos. No existe denuncia previa ante su empleador a pesar del tiempo que se indica en que habría desplegado las acciones que se le imputan. Aclara que su función es la de control de caja en sección de Servicio al cliente del supermercado Lily en San José de la Mariquina y que jamás ha incurrido en las conductas señaladas por las recurrentes, las que solo se explicarían por el conflicto laboral que mantuvieron con su pad

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valdivia Valdivia, treinta de marzo de dos mil veintiséis. VISTOS: 1) A folio comparecen DENIS PAOLA MORENO MELLA, trabajadora social y MACARENA ANDREA SALGADO PADILLA, educadora diferencial, quienes deducen acción de protección en contra de COMERCIAL LILY LIMITADA, y en contra de doña MARCELA ALEJANDRA MARTÍNEZ CARRASCO, por los actos ilegales y arbitrarios que señalan. Explican que amb

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica