SIN INFORMACION

IGNACIO ALONSO FUENTES ROJAS/JUZGADO DE GARANTÍA DE MELIPILLA

Rol

Fecha

30 de marzo de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que, Engelbeth Emilio Elías Luna Soto, abogado, en representación de Ignacio Alonso Fuentes Rojas, interpone recurso de amparo en contra del Juzgado de Garantía de Melipilla, por el acto ilegal consistente en reformalizar a su representado, el 13 de enero de 2025, en causa RIT 3248-2025. Pide que se deje sin efecto dicha resolución, a fin de garantizar el debido proceso, dejando sin efecto las resoluciones dictadas con posterioridad a esa fecha. Expone que, a través de la decisión atacada, el tribunal recurrido decidió reformalizar la investigación de manera ilegal, ya que se adicionaron nuevos hechos y delitos los cuales tienen una data anterior a la primera formalización, toda vez que el 22 de octubre de 2025, fue formalizado por el delito de robo con intimidación, aduciendo en dicha audiencia que el ilícito se cometió con armas “al parecer de fuego”. Sin embargo, el 13 de enero último, el Ministerio Público introdujo un segundo hecho, el cual lo calificó jurídicamente como porte ilegal de arma a fogueo adaptable o transformable para el disparo, ya que le atribuyó a especies específicas la posibilidad de ser adaptadas, asunto que no formaba parte del núcleo fáctico original. Indica que dicha situación carece de sustento material, ya que en la carpeta investigativa no existe ningún acta de hallazgo o incautación que dé cuenta donde, cuando y como se incautaron dichas armas, lo que implica una imputación sorpresiva que lo deja en la indefensión. Por último, el informe que refiere a la existencia del arma referida es de 22 de octubre de 2025 -el mismo día de la primera formalización-, por lo que el Ministerio Público debía conocer de dicho objeto, aun cuando lo negó ante el tribunal. Finalmente, estima que el Ministerio Público vulneró el principio de objetividad, ya que negó la existencia de dichas armas ante el tribunal, para ocuparlas posteriormente a fin de reformalizar la investigación, a pesar de no existir trazabilidad r

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Ignacio Alonso Fuentes Rojas. Regístrese y archívese. N°416-2026 Amparo.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, treinta de marzo de dos mil veintiséis. A los escritos folios N°s 6, 7 y 8: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, Engelbeth Emilio Elías Luna Soto, abogado, en representación de Ignacio Alonso Fuentes Rojas, interpone recurso de amparo en contra del Juzgado de Garantía de Melipilla, por el acto ilegal consistente en reformalizar a su representado, el 13 de enero

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