Jdo. de Letras del Trabajo de Antofagasta

A.F.P. HABITAT S A CON OBLIGADO

Rol

P-5252-2013

Fecha

12 de febrero de 2024

Materia

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto: Primero: Que, el abogado Álvaro Calvio Huenchual, RUN 19.218.549-1, en representación del ejecutado Florencio Leonel Obligado Humeres, solicita en el primer otrosí de su presentación se declare prescripción de multa, y en el segundo otrosí la prescripción del cuaderno de apremio de estos autos, en virtud de los siguientes

Fundamentos

fundamentos de hecho y derecho. Funda su pretensión en lo prescrito en los artículos 2493, 2503, 2514 y 2515 del Código Civil y en relación con lo establecido en el artículo 4 bis ley N° 17.322, ello en cuanto fue condenado hace más de 10 años a una multa, sin que resulte aún notificado, con un plazo de inactividad desde el 23 de enero de 2013, cumpliéndose lo establecido en los artículos 152 y 153 del Código de Procedimiento Civil. Segundo: Que, se tuvo por evacuado en rebeldía el traslado conferido a la ejecutante. Tercero: Que, para una adecuada comprensión de las alegaciones y defensas, consta en la historia de la causa lo siguiente: 1.- El 27 de septiembre 2013 la parte ejecutante AFP Habitat solicita el pago de las cotizaciones previsionales adeudadas por la ejecutada, fundado en la Resolución 1785242, de 3 de julio de 2013, en relación con un trabajador, que corresponde a la cotización de diciembre de 2012, deuda que asciende a la suma de $29.446, más los reajustes, intereses, recargos y costas. Código: NXKXXLWXKXR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2.- El 30 de septiembre de 2013, se tuvo por interpuesta demanda ejecutiva, despachando mandamiento de ejecución y embargo, oficiando a la Tesorería General de la República para proceder a la retención de lo prescrito en el artículo 25 bis de la Ley 17.322. 3.- Por estampado receptorial de 21 de marzo de 2014, atestiguó ministro de fe notificación fallida del ejecutado. 4.- El 12 de abril de 2016 se ordenó el archivo de los antecedentes, y posteriormente, el 16 de octubre de 2023, el ejecutado efectúa solicitud y solicita la declaración de prescripción. Cuarto: Que, en torno a declaración de prescripción de multa que solicita, si bien, no proporciona mayores antecedentes que funden su pretensión, ni aquellos son posibles de verificar en el título ejecutivo, se estima que lo que pretende es la declaración de prescripción de acción de cobro ejercida, con la que se persigue el cobro de las cotizaciones adeudadas, unido a los reajustes, intereses penales y recargos que permite la normativa aplicable. En lo pertinente, la prescripción se encuentra definida en el artículo 2492 del Código Civil, que prescribe: “La prescripción es un modo de adquirir las cosas ajenas, o de extinguir las acciones y derechos ajenos, por haberse poseído las cosas o no haberse ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo y concurriendo los demás requisitos legales”. Luego, el artículo citado contempla tanto la prescripción extintiva como adquisitiva, pero la que solicita el ejecutado sea declarada es aquella que extingue la deuda y las acciones para el cobro de cotizaciones. Código: NXKXXLWXKXR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl En la materia, el artículo 31 bis de la Ley N° 17.322, contempla una regla especial, que dispone que la prescripción que extingue las

Fallo

se resuelve que: I.- Se rechaza la declaración de prescripción alegada por la ejecutada en el primer y segundo otrosí de su presentación. Código: NXKXXLWXKXR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II.- No se condena en costas al ejecutado, estimando que tuvo motivos plausibles para litigar. Notifíquese. RIT: P-5252-2013 RUC: 13-3-0301000-3 Resolvió ABIGAIL TAPIA ALARCÓN, Jueza Titular del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Antofagasta. En Antofagasta a doce de febrero de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución precedente. Código: NXKXXLWXKXR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-02-12T18:53:05-0300

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Antofagasta, doce de febrero de dos mil veinticuatro. Visto: Primero: Que, el abogado Álvaro Calvio Huenchual, RUN 19.218.549-1, en representación del ejecutado Florencio Leonel Obligado Humeres, solicita en el primer otrosí de su presentación se declare prescripción de multa, y en el segundo otrosí la prescripción del cuaderno de apremio de estos autos, en virtud de los siguientes fundamentos de

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