SIN INFORMACION

CONTRERAS/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES DE CHILE

Rol

Fecha

30 de marzo de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTO: Se dedujo recurso de reclamación judicial del artículo 141 de la Ley N° 21.325, en favor de Yuleida Andreina Contreras de Montero, de nacionalidad venezolana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber decretado la expulsión de la reclamante, mediante Resolución Exenta N°25001000139284 de 15 de septiembre de 2025. Refiere que la reclamante ingresó al territorio nacional el 7 de noviembre de 2022, por paso no habilitado, posteriormente inició controles médicos en un Centro de Salud Familiar (CESFAM), por un embarazo de alto riesgo, indicándosele reposo absoluto, posteriormente fue abandonada por el padre de la niña, contando únicamente con el apoyo de su hijo adolescente, Juan Manuel Montero Contreras, quien actualmente mantiene solicitud de residencia temporal acogida a trámite, encontrándose a la espera de la emisión de su cédula de identidad por parte del Servicio de Registro Civil e Identificación, y cursando estudios como alumno regular en el Colegio Politécnico de la ciudad de Arica. Agrega que el 26 de febrero de 2025, nació su hija Annyh Sofía Contreras Contreras, cédula de identidad N° 28.474.642-2, quien depende íntegramente de su cuidado. Además, actualmente mantiene una relación de convivencia con Humberto Fermín Chamorro, cédula de identidad N° 10.650.866-6, de nacionalidad chilena, constituyendo un núcleo familiar, y siendo este actualmente quien contribuye al cuidado y sustento del grupo familiar. Pide que se deje sin efecto la resolución impugnada. En su oportunidad informó el Servicio Nacional de Migraciones solicitando el rechazo del recurso de reclamación, por haberse ceñido a las facultades constitucionales, legales y reglamentarias conferidas. Expresa que la medida de expulsión se funda en el artículo 127 N°1 en relación al artículo 32 N°3 de la Ley N° 21.325, además señalan que el actuar de la extranjera, quien ingresó por un paso no habilitado, vulneró los bienes jurídicos de la protección de las fronteras y de la mig

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, se dedujo recurso de reclamación especial fundado en el artículo 141 de la Ley N° 21.325 y su respectivo Reglamento, en contra de la Resolución Exenta N°25001000139284 de 15 de septiembre de 2025, que dispuso la expulsión de la extranjera por infracción al artículo 132 de la Ley antes señalada. SEGUNDO: Que, no fue cuestionado por la reclamante el hecho de haber ingresado a territorio nacional por paso no habilitado, sino más bien, alega un arraigo como excepción al ejercicio por parte de la autoridad de la facultad legal de expulsar a los extranjeros que han ingresado por paso no habilitado al país. TERCERO: Que, no es posible soslayar que la reclamante vive en el territorio nacional junto a su hija nacida en Chile el 26 de febrero de 2025 y su hijo de nacionalidad venezolana quien mantiene residencia temporal en trámite, según consta en los documentos que están incorporados en la carpeta electrónica, los que conducen necesariamente a su revisión para tomarlos en consideración en la resolución de la Administración.

Fallo

Por estas consideraciones y normas legales citadas, se declara que, SE ACOGE el reclamo, deducido en favor de Yuleida Andreina Contreras de Montero, en contra del Servicio Nacional de Migraciones y en consecuencia, se deja sin efecto la Resolución Exenta N°25001000139284 de 15 de septiembre de 2025, que dispuso la expulsión del territorio nacional de ésta, así como su prohibición de ingreso al país, solo en cuanto la recurrida deberá volver a pronunciarse sobre la petición de la reclamante, teniendo presente los antecedentes acompañados en el presente recurso, dentro del término de 30 días administrativos. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Rol N° 33-2026 Contencioso-Administrativo.

Texto Completo (Preview)

Arica, treinta de marzo de dos mil veintiséis. VISTO: Se dedujo recurso de reclamación judicial del artículo 141 de la Ley N° 21.325, en favor de Yuleida Andreina Contreras de Montero, de nacionalidad venezolana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber decretado la expulsión de la reclamante, mediante Resolución Exenta N°25001000139284 de 15 de septiembre de 2025. Refiere que l

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