JUZGADO DE FAMILIA RANCAGUA

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

30 de marzo de 2026

Materia

ALIMENTOS

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y

Fundamentos

considerando especialmente la certificación del Tribunal a quo de folio 19, de fecha 2 de diciembre de 2025, que deja asentado que no consta la notificación al alimentante sobre la apertura de cuenta de ahorro a la vista del Banco Estado N° N°NUM000, con lo que mal podía realizar los importes por concepto de pensión de alimentos a dicha cuenta, lo que abona al planteamiento del recurrente. Según lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 19.968, se revoca la resolución apelada de veinticuatro de noviembre de dos mil veinticinco, dictada en la causa RIT...

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua Rancagua, treinta de marzo de dos mil veintiséis. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y considerando especialmente la certificación del Tribunal a quo de folio 19, de fecha 2 de diciembre de 2025, que deja asentado que no consta la notificación al alimentante sobre la apertura de cuenta de ahorro a la vista del Banco Estado N° N°NUM000, con lo que mal podía realizar los

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