JUZGADO DE FAMILIA PUENTE ALTO
ANONIMIZADO
Rol
Fecha
30 de marzo de 2026
Materia
DIVORCIO DE COMUN ACUERDO
Resultado
REVOCADA
Fallo
se declara que el tribunal a quo deberá dar curso a la demanda como en derecho corresponda. Devuélvase. N° 1130-2025 Familia
Texto Completo (Preview)
San Miguel, treinta de marzo de dos mil veintiséis. A folio N° 14: Téngase presente. Atendido el mérito de los antecedentes y teniendo en consideración que en esta instancia el recurrente acompañó el certificado de dominio vigente de la propiedad señalada en su libelo respecto al acuerdo completo y suficiente, y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 19.968, se revoca
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