MARGARITA ANGELICA VILLEGAS LAGOS/MINISTERIO DE JUSTICIA Y DDHH Y OTROS
Rol
Fecha
27 de marzo de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Que el abogado Silverio Fuentes Castro, en representación de Margarita Angélica Villegas Lagos, cédula de identidad N°11.789.091-0, actualmente cumpliendo condena en el CET CENTRO FEMENINO SEMI ABIERTO TALITA KUM, interpone acción constitucional de amparo en contra del Sr. Ministro de Justicia y Derechos Humanos Fernando Rabat, por el acto que califica de ilegal e ilegal y arbitrario consistente en la dictación del Decreto Exento N°417, de fecha 17 de febrero de 2026, mediante el cual se rechazó la postulación de su representada al beneficio de reducción de condena contemplado en la Ley N°19.856, fundado en la aplicación de la modificación introducida por la Ley N°21.421. Expone que la amparada fue condenada el 30 de diciembre de 2013, en causa RIT N°143-2013, RUC N°1200605992-7, seguida ante el Tercer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, a la pena de quince años y un día de presidio mayor en su grado máximo, como autora de dos delitos de violación de menor de 14 años y de un delito de abuso sexual reiterado de menor de 14 años, registrando como fecha de inicio de condena el 1 de julio de 2012 y de término el 2 de julio de 2027. Agrega que en la actualidad cumple la referida condena en el citado establecimiento penitenciario, donde desde el año 2018 se desempeña como encargada de lavandería, sin haber sido sancionada por mala conducta, cumpliendo siempre los horarios de regreso al centro cuando se le han concedido autorizaciones de salida y participando, además, en diversos cursos de perfeccionamiento, destacando la obtención del título de Técnico de Nivel Superior en Terapias Complementarias de Salud, otorgado por ENAC Cáritas en el año 2022. Señala que la amparada fue notificada del referido Decreto Exento N°417, en cuya virtud se estableció que la Ley N°21.421, vigente desde el 9 de febrero de 2022, excluye de los beneficios de la Ley N°19.856, entre otros, a quienes hayan sido condenados por delitos de carácter se
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Margarita Angélica Villegas Lagos. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°380-2026 Amparo
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veintisiete de marzo de dos mil veintiséis. Al folio 13: Téngase presente. Visto y teniendo presente: Primero: Que el abogado Silverio Fuentes Castro, en representación de Margarita Angélica Villegas Lagos, cédula de identidad N°11.789.091-0, actualmente cumpliendo condena en el CET CENTRO FEMENINO SEMI ABIERTO TALITA KUM, interpone acción constitucional de amparo en contra del Sr. Mi
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