3º JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE ARICA

TENPO PAYMENTS S.A/ARAVENA

Rol

Fecha

27 de marzo de 2026

Materia

APELACIÓN INCIDENTE

Resultado

RECHAZADA/VC JRM

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Hechos

VISTO: PRIMERO: Que, comparece Christian Acuña, abogado en representación de Tenpo Payments S.A., representada por Javier Méndez Bañados, denunciante en juicio sobre ley 20.009 e interpone recurso de hecho en contra de la resolución de 5 de diciembre de 2025, dictada en la causa 913-2025 del Tercer Juzgado de Policía Local de esta ciudad, dictada por doña Coralí Aravena León, en su calidad de Jueza titular, quien denegó un recurso de apelación en contra de la resolucion de 1 de diciembre del año dos mil veinticinco, por estimarlo improcedente. Señala que interpuso medida cautelar para que se autorice mantener la suspensión de cancelación de cargos y/o restitución de fondos respecto de operaciones desconocidas o reclamadas por don Gerson Monzón Ibáñez en causa Rol 832/AL-2025 del mismo tribunal, a la que no hizo lugar el 13 de noviembre de 2025, de conformidad a lo establecido en los artículos 5 y 5 bis de la Ley N°20.009. Agrega que el 25 de noviembre de 2025 estando dentro de los plazos establecidos se interpuso la correspondiente demanda para que, entre otros, se proceda a dejar sin efecto la cancelación de los cargos y restitución de los fondos realizada por ellos, ordenando al cliente a restituir la cantidad de $1.000.000, más reajustes e intereses; la que fue desechada mediante resolución de 1 de diciembre de 2025, por tratarse de una demanda de una cuantía inferior a 35 UF. En contra de aquella se alzó en apelación, la que fue desestimada por la jueza, fundando su decisión en el artículo 50 H de la Ley N°19.496, por improcedente. Indica que conforme al artículo 32 de la Ley N°18.287, se trata de una resolución que pone término al juicio o hace imposible su prosecución, lo que a su juicio la convierte en apelable, adicionando que además cumple con los requisitos para interponer este tipo de recursos conforme al artículo 189 del Código de Procedimiento Civil. SEGUNDO: Que, en su oportunidad, informó la recurrida, contextualizando las resoluciones y actuacio

Fundamentos

considerando que en este caso, con la aplicación de la norma invocada por la jueza recurrida, sin atender a las normas generales que aseguran a las partes el debido proceso en cuanto al derecho a recurrir, ha impedido que el demandante haga uso del derecho a la revisión de la decisión por parte del Tribunal superior, todo ello garantizado por el artículo 19 N° 3 de la Constitución Política de la República, que permite desplazar por su mayor jerarquía la norma invocada por el Tribunal de base y aplicar la general, prevista en el artículo 32 de la Ley 18.287. Regístrese, notifíquese y comuníquese por la vía correspondiente. Rol N° 108-2025 Policía Local-Hecho.

Texto Completo (Preview)

Arica, veintisiete de marzo de dos mil veintiséis. VISTO: PRIMERO: Que, comparece Christian Acuña, abogado en representación de Tenpo Payments S.A., representada por Javier Méndez Bañados, denunciante en juicio sobre ley 20.009 e interpone recurso de hecho en contra de la resolución de 5 de diciembre de 2025, dictada en la causa 913-2025 del Tercer Juzgado de Policía Local de esta ciudad, dictada

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