SIN INFORMACION

IGNACIO ABURTO GAMBOA/ SUPERINTENDENCIA DE SALUD Y COMPIN

Rol

Fecha

27 de marzo de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZA / ACOGE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1°) Que, comparece Ignacio Javier Aburto Gamboa, cédula nacional de identidad N°19.360.796-9, domiciliado en Del Castillo N°1010, Niebla, Valdivia, quien interpone acción constitucional de protección en contra de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) de la Región de Los Ríos y en contra de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO), por el rechazo de una licencia médica, acto que estima ilegal y arbitrario, en vulneración a sus derechos constitucionales previstos en el artículo 19 N°1 y N°9 de la Constitución Política de la República. Expone que, producto de sintomatología de carácter psíquico de origen laboral, le fue extendida la licencia médica N°3126454437-4, prescribiendo 15 días de reposo. No obstante, refiere que esta habría sido rechazada por la COMPIN al exigir que fuera extendida por especialista, decisión que de todos modos no le ha sido formalmente notificada. Solicita que se acoja la acción constitucional de protección y, en definitiva, se ordene el pago de la licencia médica rechazada y se sancione a la COMPIN por no comunicar las razones de su negativa. 2°) Que, informando la recurrida COMPIN, expone que la licencia médica fue autorizada, pero sin derecho al subsidio, por no acreditarse la huella laboral, solvencia económica e ingresos suficientes del empleador. Al respecto, señala que se le requirió al empleador que acompañe el contrato de trabajo del recurrente, que acreditara la vigencia de su contratación, junto al certificado de cotizaciones de AFP de los meses de septiembre y octubre de 2025, lo que se reiteró con fecha 15 de enero de 2026 y 29 de enero de 202, no habiendo el empleador acompañado estos antecedentes contables. Afirma que, en virtud de lo anterior, ha actuado conforme a derecho al no dar lugar al subsidio solicitado. Solicita que se rechace la acción constitucional interpuesta, con costas. 3°) Que, informando la recurrida SUSESO, alega su falta de legitimación pasiva, por n

Fallo

Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se resuelve: I.- Que, se rechaza, sin costas, la acción de protección interpuesta en favor de Ignacio Javier Aburto Gamboa en contra de la Superintendencia de Seguridad Social. II.- Que, se acoge, sin costas, la acción constitucional en contra de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez y, en consecuencias, se le ordena dejar sin efecto el acto recurrido en cuanto no reconoció el derecho al subsidio al recurrente, debiendo disponer a través de la entidad pagadora su pago en el más breve plazo. Sin perjuicio de lo resuelto, comuníquese el presente fallo a la Inspección Provincial del Trabajo de Valdivia, por eventualmente configurarse hechos que se subsumen en su ámbito de competencia y a la Administradora de Fondos de Pensiones Plan Vital S.A. y al Fondo Nacional de Salud, para los efectos de la cobranza de las cotizaciones declaradas y no pagadas. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-268-2026.

Texto Completo (Preview)

Valdivia, veintisiete de marzo de dos mil veintiséis. Vistos y teniendo presente: 1°) Que, comparece Ignacio Javier Aburto Gamboa, cédula nacional de identidad N°19.360.796-9, domiciliado en Del Castillo N°1010, Niebla, Valdivia, quien interpone acción constitucional de protección en contra de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) de la Región de Los Ríos y en contra de la Super

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