BRAVO ROMERO IVAN MARCELO/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES DE CHILE
Rol
Fecha
27 de marzo de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos A folio 1, Pablo Daniel Peñaloza Parra y Joaquín Andrés Contreras Roa, abogados, interponen acción constitucional de amparo en favor de Iván Marcelo Bravo Romero, de nacionalidad ecuatoriana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. El recurso se dirige contra la Resolución Exenta N° 2600100159357, de fecha 13 de marzo de 2026, que rechazó la solicitud de residencia definitiva del amparado y dispuso su abandono del país. Señala la parte recurrente que el amparado ingresó regularmente como turista y obtuvo una residencia temporal. El 01 de junio de 2023, solicitó la permanencia definitiva cumpliendo con todos los requisitos legales. Sin embargo, la autoridad migratoria fundó el rechazo en que el extranjero registra antecedentes penales en Chile: una condena de 2025 por conducción en estado de ebriedad (causa RIT 2876-2024 del 2° Juzgado de Garantía de Santiago) y antecedentes por conducción sin licencia (causa RIT 1529-2021 del 3° Juzgado de Garantía de Santiago). Sostuvo que el acto es ilegal y arbitrario, pues la resolución se limita a citar los antecedentes penales sin considerar que el amparado ya cumplió la pena de 41 días de prisión, pagó la multa respectiva y se encuentra bajo la medida de remisión condicional. Argumentan que sancionar migratoriamente un hecho ya juzgado penalmente constituye una doble sanción vulnerando el principio de proporcionalidad. Sostiene el recurrente que el Servicio no valoró la documentación aportada durante la etapa de "notificación previo rechazo", donde se acreditó que el amparado cuenta actualmente con un contrato de trabajo indefinido y plena inserción social. Destaca que los ilícitos son hechos aislados y de baja entidad, contrastando con la "impecable conducta" que registra en su país de origen, acreditada mediante certificado de antecedentes apostillado. Hace presente que la medida de abandono ignora el arraigo familiar del amparado, quien mantiene un vínculo matrimonial con doña Lissette Mercedes Zúñiga A
Fundamentos
considerando: Primero: Que, la acción constitucional de protección, consagrada en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, ha sido establecida a favor de quien, por causa de actos u omisiones arbitrarios o ilegales, sufra privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de los derechos y garantías establecidas en el artículo 19 de la Carta Fundamental Segundo: Que, se impugna a través de esta vía cautelar la Resolución Exenta N° 2600100159357 de 13 de marzo de 2026, que rechazó la solicitud de residencia definitiva del amparado y dispuso su abandono del país por un plazo de 10 años al mantener antecedentes negativos, consistentes en dos condenas penales, lo que de acuerdo a la recurrente, vulneraría su derecho de igualdad ante la ley. Tercero: Que, el recurrido informa que no existe arbitrariedad ni ilegalidad en la resolución exenta, por cuanto las motivaciones para desestimar su solicitud están amparada en la ley y, que la existencia de antecedentes penales indicada por la norma se cumple al haber sido condenado por dos delitos. Si bien le fueron concedidos penas sustitutivas, son de igual manera antecedentes de carácter penal, lo que impide regularizar su situación migratoria. Cuarto: Que, habiéndose constatado la existencia de la comisión de delitos por parte del amparado y lo dispuesto en el artículo 88, en relación al artículo 32 Nº 5 de la ley 21.325, no se advierte ilegalidad en lo resuelto.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 19 y 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre la materia, se declara, se rechaza, sin costas, la acción de protección deducida en favor de Iván Marcelo Bravo Romero en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-1059-2026.
Texto Completo (Preview)
Llg C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintisiete de marzo de dos mil veintiséis. Vistos A folio 1, Pablo Daniel Peñaloza Parra y Joaquín Andrés Contreras Roa, abogados, interponen acción constitucional de amparo en favor de Iván Marcelo Bravo Romero, de nacionalidad ecuatoriana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. El recurso se dirige contra la Resolución Exenta N° 2600100159357, de fec
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